{"id":1871,"date":"2011-02-17T21:31:32","date_gmt":"2011-02-18T02:31:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.compraspublicas.gob.ec\/concurso-publico\/"},"modified":"2011-02-17T21:31:32","modified_gmt":"2011-02-18T02:31:32","slug":"concurso-publico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portal.compraspublicas.gob.ec\/sercop\/concurso-publico\/","title":{"rendered":"Concurso P\u00fablico"},"content":{"rendered":"<div class=\"hidefaq\">\n<h3>1.\t\u00bfCu\u00e1l es el monto establecido para realizar la Consultor\u00eda por Concurso P\u00fablico?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">Montos iguales o superiores al 0,000015 del Presupuesto Inicial del Estado, montos que para el ejercicio fiscal actual sean iguales o superiores a 391.639,05 d\u00f3lares.<\/p>\n<h3>2.\t\u00bfA cu\u00e1ntos consultores se invita en una consultor\u00eda de Concurso P\u00fablico?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">A todos los Consultores que se encuentren registrados en la categor\u00eda del producto seleccionado por la Entidad Contratante.<\/p>\n<h3>3.\t\u00bfQu\u00e9 es el Orden de Prelaci\u00f3n en un procedimiento de consultor\u00eda?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">El orden en el que saldr\u00e1n los consultores para la negociaci\u00f3n.<\/p>\n<h3>4.\t\u00bfCu\u00e1l es el tiempo m\u00ednimo que se debe establecer  en el cronograma desde la convocatoria hasta la entrega de ofertas en una consultor\u00eda de \tConcurso P\u00fablico?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">El t\u00e9rmino entre la fecha de la convocatoria y la fecha de presentaci\u00f3n de las ofertas ser\u00e1 m\u00ednimo 15 d\u00edas.<\/p>\n<h3>5.\t\u00bfPor qu\u00e9 raz\u00f3n se debe ingresar el peso de las ofertas t\u00e9cnicas y econ\u00f3micas en la calificaci\u00f3n?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Numeral 19 del Art. 6 de la LOSNCP indica que: \u00ab19. Mejor Costo en Consultor\u00eda: Criterio de \u00abCalidad y Costo\u00bb con el que se adjudicar\u00e1n los contratos de consultor\u00eda, en raz\u00f3n de la ponderaci\u00f3n que para el efecto se determine en los Pliegos correspondientes, y sin que en ning\u00fan caso el costo tenga un porcentaje de incidencia superior al veinte (20%) por ciento.\u00bb.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Art. 41 de la misma Ley indica adem\u00e1s que: \u00ab&#8230;Una vez calificadas las ofertas t\u00e9cnicas, se proceder\u00e1 a la apertura de las ofertas econ\u00f3micas, las cuales ser\u00e1n asimismo objeto de revisi\u00f3n y calificaci\u00f3n seg\u00fan el procedimiento que se determine en el Reglamento de esta Ley y sin que en ning\u00fan caso el costo tenga un porcentaje de incidencia superior al veinte (20%) por ciento, con relaci\u00f3n al total de la calificaci\u00f3n de la oferta.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con el proponente que obtenga el mayor puntaje ponderado de la oferta t\u00e9cnica y econ\u00f3mica, se proceder\u00e1 a la negociaci\u00f3n de los t\u00e9rminos t\u00e9cnicos y contractuales y a los ajustes econ\u00f3micos que se deriven de tal negociaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si no se llegare a un acuerdo, las negociaciones se dar\u00e1n por terminadas y comenzar\u00e1n con el consultor calificado en el siguiente lugar, continu\u00e1ndose con el mismo procedimiento descrito en los incisos anteriores&#8230;\u00bb.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El  peso de las ofertas es uno de los valores con los que se calcula el orden de prelaci\u00f3n en que saldr\u00e1n los consultores.<\/p>\n<h3>6.\t\u00bfCu\u00e1l es el puntaje m\u00ednimo que debe cumplir la calificaci\u00f3n de la oferta t\u00e9cnica de los consultores, para que puedan seguir participando en el proceso?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">Seg\u00fan la Resoluci\u00f3n INCOP 021, para que se pueda calificar la oferta econ\u00f3mica y determinar el orden de prelaci\u00f3n, el puntaje m\u00ednimo es de 70 puntos.<\/p>\n<h3>7. \t\u00bfCu\u00e1l es el porcentaje m\u00e1ximo de anticipo que se puede entregar en una Consultor\u00eda?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cualquier Consultor\u00eda se puede entregar m\u00e1ximo el 70% de anticipo.<\/p>\n<h3>8.\t\u00bfCu\u00e1l es la oferta que debe recibir f\u00edsicamente la Entidad?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">Seg\u00fan el Art. 41 de la LOSNCP: \u00ab&#8230;.Las ofertas de consultor\u00eda ser\u00e1n presentadas en dos (2) sobres separados, el primero contendr\u00e1 los aspectos t\u00e9cnicos sobre los que se evaluar\u00e1 la calidad y, el segundo, los aspectos econ\u00f3micos, sobre los que se calificar\u00e1 el costo&#8230;\u00bb<\/p>\n<h3>9. \t\u00bfQu\u00e9 oferta debe subir el consultor a trav\u00e9s del Sistema?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">La oferta econ\u00f3mica y los formularios 1 y 2.<\/p>\n<h3>10. \t\u00bfQu\u00e9 pasar\u00eda si el consultor olvid\u00f3 subir la oferta econ\u00f3mica y los formularios 1 y 2 al sistema?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si no existe ninguna oferta presentada, entonces la \u00fanica opci\u00f3n para la Entidad ser\u00eda declarar desierto el proceso, caso contrario se podr\u00eda continuar el proceso con las otras ofertas presentadas.<\/p>\n<h3>11. \t\u00bfCu\u00e1nto tiempo tiene la Entidad para ingresar la calificaci\u00f3n de las ofertas?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Entidad podr\u00e1 ingresar la calificaci\u00f3n de las ofertas t\u00e9cnicas desde la Fecha y hora de Inicio de Evaluaci\u00f3n de las ofertas hasta antes de la Fecha y hora L\u00edmite de Resultados Finales.<\/p>\n<h3>12. \t\u00bfQu\u00e9 criterios de selecci\u00f3n se deben tomar en cuenta en una Consultor\u00eda?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">Aspectos t\u00e9cnicos sobre los que se evaluar\u00e1 la calidad y los aspectos econ\u00f3micos, sobre los que se calificar\u00e1 el costo.<\/p>\n<h3>13. \t\u00bfQu\u00e9 pasar\u00eda si la Entidad Contratante no alcanza a calificar las ofertas a tiempo?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">No se podr\u00e1 continuar con el proceso a trav\u00e9s del sistema por no haberse cumplido con los tiempos establecidos.<\/p>\n<h3>14. \t\u00bfEn qu\u00e9 tiempo se debe realizar la negociaci\u00f3n en consultor\u00eda?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el Art. 40 del RLOSNCP se\u00f1ala que: \u00ab&#8230;Si en un t\u00e9rmino m\u00e1ximo de dos d\u00edas no se llegare a un acuerdo en la negociaci\u00f3n \u00e9sta se dar\u00e1 por terminada y se iniciar\u00e1 una nueva negociaci\u00f3n con el oferente calificado en el siguiente lugar y as\u00ed sucesivamente hasta llegar a un acuerdo final de negociaci\u00f3n o, en su defecto declarar desierto el procedimiento, seg\u00fan corresponda&#8230;\u00bb Esto quiere decir que se puede negociar con cada oferente m\u00e1ximo durante dos d\u00eda t\u00e9rmino. A trav\u00e9s del sistema, la negociaci\u00f3n se la realiza a partir de la Fecha L\u00edmite de Resultados Finales.<\/p>\n<h3>15. \tSi la Entidad no realiza la negociaci\u00f3n en el tiempo establecido en el cronograma que pasar\u00eda?<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Entidad estar\u00eda incumpliendo con lo que indica la norma<\/p>\n<h3>end faq<\/h3>\n<p>{accordionfaq}<\/p><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p class=\"excerpt\">1. \u00bfCu\u00e1l es el monto establecido para realizar la Consultor\u00eda por Concurso P\u00fablico? Montos iguales o superiores al 0,000015 del Presupuesto Inicial del Estado, montos que para el ejercicio fiscal actual sean iguales o superiores a 391.639,05 d\u00f3lares. 2. \u00bfA cu\u00e1ntos consultores se invita en una consultor\u00eda de Concurso P\u00fablico? 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