2025 - RI-SERCOP-2025-006
Contenido
Artículo 1.- Efectúese la siguiente reforma a la Resolución Nro. RI-SERCOP-2024-001 de 15 de febrero de 2024:
1.- Sustitúyase el texto del artículo 23, por el siguiente:
“Art. 23.- Conformación. El Comité, estará conformado de la siguiente manera:
1. Máxima autoridad o su delegado, quién será el presidente del Comité.
2. Director o Coordinador de la Gestión de Planificación o su delegado.
3. Director de la Gestión de Talento Humano o su delegado.
4. Coordinador o Director de Asesoría Jurídica o su delegado.
5. Un representante principal o su suplente de las servidoras o servidores públicos de la Institución, quienes serán los que hayan obtenido los dos mejores puntajes en la evaluación de desempeño del año inmediatamente anterior. En caso de existir más de dos servidoras y servidores con el mismo puntaje se deberá considerar acciones afirmativas.
6. Responsable Institucional de Cumplimiento, especializado en materia de integridad pública, quien actuará como secretario/a del Comité, con voz y sin voto.
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