Resoluciones Derogadas - Resolución INCOP 003-2008
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Disposiciones especiales para certificar la condición de no constar en el Registro de Contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos.
Registro oficial
Número: 416 Fecha de publicación: 02/09/2008
Datos
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Se definen atribuciones del INCOP por medio de la LOSNCP en cuanto a la estructuración y administracióndel registro de los contratistas incumplidos y adjudicatarios fallidos.
Que el numeral 9 del artículo 10 de la ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública faculta al Instituto Nacional de Contratación Pública dictar normas administrativas, manuales e instructivos relacionados con la ley; y el literal d) del art 7 del Reglamento General de la ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública le atribuye emitir la normativa que se requiera para el funcionamiento del SNCP y del instituto, que no sea competencia del Directorio.