Preguntas frecuentes: Ínfima cuantía

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¿Cuál es el monto bajo el cual se puede contratar para ínfima cuantía?

Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0,0000002 del Presupuesto Inicial del Estado.