Proveedores catálogo eléctronico
1. ¿Se puede hacer modificaciones de precios durante la vigencia de un convenio marco?
Las modificaciones del precio al alza dentro del catálogo electrónico no se permiten, lo que pueden hacer los proveedores es una mejora de condiciones comerciales, dentro de lo cual podrán bajar los precios, ampliar los porcentajes de descuentos por volumen, otorgar servicios adicionales sin costo adicional, estas mejoras podrán darse pou período de tiempo determinado (mínimo 10 días desde la publicación de la oferta) o durante la vigencia del convenio.
2. ¿Se puede hacer cambios de productos en el Catálogo Electrónico?
Para los convenios marco que tienen relación con tecnología (computadores e impresoras), se pueden realizar actualizaciones de productos por cambio de tecnología dichos cambios deberán estar debidamente justificados por el fabricante del bien.
3.- ¿Cómo se realizarían las actualizaciones de los productos que tienen relación con tecnología?
El proveedor adjudicado notificará mediante oficio dirigido al INCOP, en el cual indicará el ítem o producto a ser reemplazado y el nuevo producto con sus características, adjuntando la certificación por parte del fabricante en la que se indique que el ítem quedó fuera de producción, adicionalmente indicará que mantiene las condiciones comerciales, establecidas en el formulario de la oferta, con las cuales resultó adjudicado.
4. ¿Puedo alegar falta de stock de uno o más productos?
No, el proveedor deberá disponer de los recursos humanos, técnicos y económicos que sean necesarios para mantener actualizados los productos catalogados y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las entidades contratantes dispongan siempre de los mejores precios en el catálogo, de manera que se eviten problemas por bienes discontinuados o por falta de stock.
5. ¿Puedo ampliar mi cobertura durante la vigencia del convenio marco?
La cobertura queda definida en el convenio marco, por lo tanto no se podrá ampliar la cobertura.
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