El Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop) expidió la Resolución No. R.E.-SERCOP-2018-0000086, de 25 de enero de 2018, donde se prohíbe beneficiarse de órdenes de compra generadas a través del Catálogo Dinámico Inclusivo.

El Sercop determinó que las asociaciones o consorcios tienen 30 días para regularizar su situación, caso contrario el convenio marco será terminado de forma anticipada y unilateral.

Con el objetivo de garantizar la transparencia en la contratación pública, la mencionada resolución determina que:

“Las autoridades, funcionarios, servidores o empleados de las entidades previstas en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por si y por interpuesta persona; están prohibidos de intervenir en convenios marco, en calidad de representantes legales o integrantes de asociaciones de la economía popular y solidaria, o suscribir convenios marco que se deriven de los procedimientos de selección de proveedores para el Catálogo Dinámico Inclusivo”.

Asimismo, se determina aplicar este artículo sobre las personas jurídicas o aquellas ofertas que se presenten en compromiso de asociación o consorcio.

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(EG)