Sanciones 2022 - SERCOP-SDG-2022-0041-R

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Art. 1.- SANCIONAR al proveedor MEDINA MOREJON FAUSTO JAVIER, con Registro Único de Contribuyentes Nro. 1719287912001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el artículo 106, letra c) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, esto es: “(…) c. Proporcionar información falsa o realizar una declaración errónea dentro de un procedimiento de contratación, inclusive, respecto de su calidad de productor nacional. (…)”, toda vez que el administrado realizó una declaración errónea respecto a la declaración de garantizar la veracidad y exactitud de la información y documentación establecida en el numeral 14 de la Carta de Presentación y Compromiso del Formulario de Oferta dentro del procedimiento de emergencia signado con código SIE-EEQ-GGS005-2021 publicado por el EMPRESA ELÉCTRICA QUITO S.A. E.E.Q., con objeto contractual “ADQUISICIÓN DE UN EQUIPO DE TRATAMIENTO DE ACEITE DIELÉCTRICO Y AISLAMIENTOS SOLIDOS PARA TRANSFORMADORES DE POTENCIA”.  Art. 2.- SUSPENDER del Registro Único de Proveedores – RUP, al proveedor MEDINA MOREJON FAUSTO JAVIER con Registro Único de Contribuyentes Nro. 1719287912001, por un plazo de ciento veinte (120) días, contados a partir de la notificación de la presente Resolución a través del Portal Institucional. En consecuencia, mientras dura la suspensión, no tendrá derecho a recibir invitación alguna, ni a participar en procedimientos de contratación pública derivados de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.