Sanciones 2022 - Resolución SERCOP-SDG-2022-0064-R

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Art. 1.- SANCIONAR al proveedor TONERPLUSS S.A., con Registro Único de Contribuyentes Nro. 1792775671001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el artículo 106, letra c) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, esto es: “(…) c. Proporcionar información falsa o realizar una declaración errónea dentro de un procedimiento de contratación, inclusive, respecto de su calidad de productor nacional. (…)”, toda vez que el administrado realizó una declaración errónea respecto a la declaración de garantizar la veracidad y exactitud de la información y documentación establecida en el numeral 14 de la Carta de Presentación y Compromiso del Formulario de Oferta dentro del procedimiento de emergencia signado con código SIE-CNELBOL-009-21 publicado por la EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA ESTRATÉGICA CORPORACIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD CNEL EP., con objeto contractual BOL ADQUISICION DE TONER PARA CNEL EP UN BOLIVAR 2021 GAF. Art. 2.- SANCIONAR al representante legal del proveedor TONERPLUSS S.A., señor MATANGO LISINTUÑA ERICK DAVID con Registro Único de Contribuyentes Nro. 1726957879001, de conformidad con lo dispuesto en el último inciso del artículo 19 de la LOSNCP.  Art. 3.- SUSPENDER del Registro Único de Proveedores – RUP, al proveedor TONERPLUSS S.A., con Registro Único de Contribuyentes Nro. 1792775671001, por un plazo de sesenta (60) días, contados a partir de la notificación de la presente Resolución a través del Portal Institucional. En consecuencia, mientras dura la suspensión, no tendrá derecho a recibir invitación alguna, ni a participar en procedimientos de contratación pública derivados de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Art. 4.- SUSPENDER del Registro Único de Proveedores – RUP, al señor MATANGO LISINTUÑA ERICK DAVID con Registro Único de Contribuyentes Nro. 1726957879001, representante legal de TONERPLUSS S.A., por el plazo sesenta (60) días.