Sanciones 2022 - SERCOP-SDG-2022-0092-R

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Art. 1.- SANCIONAR a la proveedora YESPICA JAIME ZULAY MERCEDES, con RUC 0964773022001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el artículo 106, letra c) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, esto es: “(…) c. Proporcionar información falsa o realizar una declaración errónea dentro de un procedimiento de contratación, inclusive, respecto de su calidad de productor nacional. (…)”, toda vez que el administrado realizó una declaración errónea respecto a la declaración de garantizar la veracidad y exactitud de la información y documentación establecida en el numeral 14 de la Carta de Presentación y Compromiso del Formulario de Oferta dentro del procedimiento SIE-EPP-2020158-21 publicado por la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, con objeto contractual “MANGUERAS Y ACCESORIOS PARA USO GENERAL”, con presupuesto referencial de USD 220,126.72. . Art. 2.- SUSPENDER del Registro Único de Proveedores – RUP, a la proveedora YESPICA JAIME ZULAY MERCEDES, con RUC 0964773022001, por un plazo de ciento veinte (120) días, contados a partir de la notificación de la presente Resolución a través del Portal Institucional. De acuerdo a lo establecido en Resolución No. R.I-SERCOP-2022-0006 de 04 de mayo del 2022. En consecuencia, mientras dura la suspensión, no tendrá derecho a recibir invitación alguna, ni a participar en procedimientos de contratación pública derivados de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.