Sanciones 2023 - SERCOP-SDG-2023-0072-R
Contenido
Art. 2.- SANCIONAR al oferente COMPROMISO DE CONSORCIO ALC SANTA ISABEL conformado por los proveedores: Paul Rene Ávila Lasso con Registro Único de Contribuyentes Nro. 0101943645001, Freddy Rolando Arévalo Uguña con Registro Único de Contribuyentes Nro. 0104299110001 y Franklin Fernando Calle Morocho Registro Único de Contribuyentes Nro. 0302119482001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el artículo 106, letra c) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública – LOSNCP-, esto es: “(...) c. Proporcionar información falsa o realizar una declaración errónea dentro de un procedimiento de contratación, inclusive, respecto de su calidad de productor nacional (...)”, toda vez que los proveedores realizaron una declaración errónea respecto a garantizar la veracidad y exactitud de la información y documentación establecida en el Formulario de la Oferta sección Presentación y Compromiso, dentro del procedimiento de Cotización signado con código COTO-EERCS-001-2022, publicado el 18 de marzo de 2022 por la entidad contratante EMPRESA ELÉCTRICA REGIONAL CENTROSUR C.A., con objeto contractual “CONSTRUCCIÓN DE REDES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA 2022 EN EL AREA DE ATENCIÓN DE LA ZONA 3 – DIDIS – PAQUETE 1 – SANTA ISABEL”, con un presupuesto referencial de USD 537.280,90.
Art. 3.- SUSPENDER del Registro Único de Proveedores – RUP, al proveedor Paul Rene Ávila Lasso, con Registro Único de Contribuyentes Nro. 0101943645001, por un plazo de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la notificación de la presente Resolución a través del Portal Institucional, conforme lo establecido en el último inciso del artículo 108 de la LOSNCP, en el último inciso de la Disposición General Primera del Capítulo II de la Resolución Nro. RE-SERCOP-2016-0000072 y en la Metodología expedida mediante Resolución Interna Nro. RI-SERCOP-2022-0006 de 04 de mayo de 2022. En consecuencia, mientras dura la suspensión, no tendrá derecho a recibir invitación alguna, ni a participar en procedimientos de contratación pública derivados de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Art. 4.- SUSPENDER del Registro Único de Proveedores – RUP, al proveedor Freddy Rolando Arévalo Uguña, con Registro Único de Contribuyentes Nro. 0104299110001, por un plazo de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la notificación de la presente Resolución a través del Portal Institucional, conforme lo establecido en el último inciso del artículo 108 de la LOSNCP, en el último inciso de la Disposición General Primera del Capítulo II de la Resolución Nro. RE-SERCOP-2016-0000072 y en la Metodología expedida mediante Resolución Interna Nro. RI-SERCOP-2022-0006 de 04 de mayo de 2022. En consecuencia, mientras dura la suspensión, no tendrá derecho a recibir invitación alguna, ni a participar en procedimientos de contratación pública derivados de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Art. 5.- SUSPENDER del Registro Único de Proveedores – RUP, al proveedor Franklin Fernando Calle Morocho, con Registro Único de Contribuyentes Nro. 0302119482001, por un plazo de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la notificación de la presente Resolución a través del Portal Institucional, conforme lo establecido en el último inciso del artículo 108 de la LOSNCP, en el último inciso de la Disposición General Primera del Capítulo II de la Resolución Nro. RE-SERCOP-2016-0000072 y en la Metodología expedida mediante Resolución Interna Nro. RI-SERCOP-2022-0006 de 04 de mayo de 2022. En consecuencia, mientras dura la suspensión, no tendrá derecho a recibir invitación alguna, ni a participar en procedimientos de contratación pública derivados de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
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