Resoluciones Derogadas - Resolución INCOP 039-2010

Contenido

Se expiden varias disposiciones para los procesos de cotización y menor cuantía, en sustitución de la resolución incop no. 026-09.

Registro oficial

Número: 169-S   Fecha de publicación: 12/04/2010

Datos

Versión digital

(SE EXPIDEN VARIAS DISPOSICIONES PARA LOS PROCESOS DE COTIZACIÓN Y MENOR CUANTÍA, EN SUSTITUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN INCOP No. 026-09)

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

CONSIDERANDO

Que los artículos 10, numeral 9 y 21 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP- facultan al Instituto Nacional de Contratación Pública -INCOP- dictar normas administrativas, manuales, instructivos y regulaciones relacionados con la ley; Que el numeral 4 del artículo 7 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública atribuye al Director Ejecutivo emitir la normativa que se requiera para el funcionamiento del Sistema Nacional de Contratación Pública -SNCP- y del INCOP, que no sea competencia del Directorio; Que la Disposición General Cuarta del propio reglamento establece que las normas complementarias serán aprobadas por el Director Ejecutivo del INCOP mediante resoluciones; Que los procedimientos de cotización y menor cuantía, se encuentran operativos en el portal y es necesario complementar la normativa relacionada con estos procedimientos; y, En uso de sus facultades legales,

RESUELVE:

Expedir las siguientes DISPOSICIONES PARA LOS PROCESOS DE COTIZACIÓN Y MENOR CUANTÍA, EN SUSTITUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN INCOP NO. 026-09. Capítulo I COTIZACIÓN Art. 1.- Convocatoria.- La entidad contratante publicará la convocatoria junto con los pliegos en el portal www.compraspublicas.gov.ec. En la convocatoria se deberá establecer al menos lo siguiente: 1. El cronograma para las preguntas y aclaraciones respecto del contenido de los pliegos; 2. El Presupuesto Referencial; 3. Fecha y hora límites para la entrega física de la oferta técnica, en la que se adjuntará la impresión de la oferta económica ingresada a través del portal www.compraspublicas.gov.ec; 4. Fecha y hora límites para la apertura de ofertas; 5. Fecha estimada de adjudicación. La máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, de considerarlo de manera motivada, podrá cambiar el cronograma del proceso, únicamente hasta la fecha límite establecida para realizar aclaraciones a los oferentes. Para el efecto publicará en el portal www.compraspublicas.gov.ec la resolución motivada respectiva y procederá con el cambio requerido.

Documentos

pdf pdf doc odt