Sanciones 2026 - SERCOP-SERCOP-2026-0450-R

Contenido

Artículo 1.- ACOGER: lo establecido en el Dictamen de Instrucción del expediente DDCP-2025-01198, emitido por el director de denuncias, en calidad de órgano instructor. Artículo 2.- SANCIONAR: al proveedor VITERI FLOR JULIO CESAR con RUC Nro. 0924191539001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el artículo 106 literal c) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública vigente a la fecha en que se cometió la infracción, esto es “(…) Proporcionar información falsa o realizar una declaración errónea dentro de un procedimiento de contratación. Inclusive, respecto de su calidad de productor nacional (…)”. (SIC). toda vez que, el proveedor pese a que garantizó la veracidad y exactitud de la información y documentación establecida en el formulario único de acuerdo de integridad, presentó información errónea en la etapa de presentación de ofertas del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica SIE-CNELEP-2025-009, con objeto “ESM Adquisición e instalación de reconectadores trifásicos para cabecera, anillamiento y transferencia de alimentadores a MV de la UN Esmeraldas GD”, por lo que, se impone una sanción correspondiente a MUY GRAVE, en función de lo determinado en el artículo 107 de la LOSNCP vigente a la fecha en que se cometió la infracción y en el numeral 5.9.7 de la “METODOLOGIA PARA APLICAR SANCIONES POR LAS INFRACCIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 106 C), EXCEPTO A LA CALIDAD DE PRODUCTOR NACIONAL”, emitida mediante Resolución Nro. RI-SERCOP-2022-0006 de fecha 04 de mayo de 2022. Artículo 3.- SUSPENDER: del Registro Único de Proveedores – RUP –, al proveedor VITERI FLOR JULIO CESAR por un plazo de ciento ochenta (180) días plazo, contados a partir desde que la presente resolución haya causado estado en vía administrativa.