Sanciones 2026 - SERCOP-SERCOP-2026-0535-R
Contenido
Artículo 1.- ACOGER: lo recomendado por el órgano instructor en el Dictamen de Instrucción del
expediente administrativo Nro. DDCP-2025-01440, elaborado por el Director de Denuncias.
Artículo 2.- SANCIONAR: al proveedor BETELMEDICAL S.A.S con RUC Nro.
0993392833001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el artículo 106 literal c) de la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública vigente a la fecha en que se cometió la
infracción esto es: “(…) Proporcionar información falsa o realizar una declaración errónea dentro
de un procedimiento de contratación. Inclusive, respecto de su calidad de productor nacional
(…)”. (SIC). Toda vez que, el proveedor pese a que garantizó la veracidad y exactitud de la
información y documentación establecida en el formulario único de la oferta, realizó una
declaración errónea en la etapa de presentación de ofertas del procedimiento de Subasta Inversa
Electrónica con código Nro. SIE-HDMJ-2025-014 y objeto “ADQUISICION DE INSUMOS
MEDICOS – USO GENERAL POR RUPTURA DE STOCK PARA EL HOSPITAL DEL DÍA
MARIANA DE JESÚS", por lo que, se impone una sanción GRAVE, en función de lo determinado en el artículo 107 de la LOSNCP vigente a la fecha en que se cometió la infracción y en
concordancia con el numeral 5.9.7 de la “METODOLOGIA PARA APLICAR SANCIONES POR
LAS INFRACCIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 106 C), EXCEPTO A LA CALIDAD
DE PRODUCTOR NACIONAL”, emitida mediante Resolución Nro. RI-SERCOP-2022-0006, de
fecha 04 de mayo de 2022.
Artículo 3.- SUSPENDER: del Registro Único de Proveedores - RUP -, al proveedor
BETELMEDICAL S.A.S por un período de ciento veinte (120) días plazo, contados a partir desde
que la presente Resolución haya causado estado en vía administrativa.
En consecuencia, mientras dura la suspensión, no tendrán derecho a recibir invitación alguna, ni
participar en procedimientos de contratación pública derivados de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública. Se EXHORTA, que en futuros procedimientos de contratación
en los que participe, se deberá consignar la documentación veraz que respalde su actuación.
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