Sanciones 2026 - SERCOP-SDG-2026-0036-R
Contenido
Artículo 1.- ACOGER: lo establecido en el Dictamen de Instrucción del expediente DDCP-2025-01321, elaborado por la Dirección de Denuncias
Artículo 2.- SANCIONAR: al proveedor ESQUIVEL CAMPOVERDE JAIME
RENATO con RUC Nro. 0102431582001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el artículo 106 literal c) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública vigente a la fecha en que se cometió la infracción esto es “(…) Proporcionar información falsa o realizar una declaración errónea dentro de un procedimiento de contratación. Inclusive, respecto de su calidad de productor nacional (…)” toda vez que el proveedor pese a que garantizó la veracidad y exactitud de la información y documentación establecida en el Formulario de la Oferta, presentó información errónea en la etapa de presentación de ofertas del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica con objeto “HTP ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN SISTEMAS DE RETENCIÓN DE SÓLIDOS FLOTANTES PARA LOS EMBALSES DEL COMPLEJO HIDROELÉCTRICO TOACHI - PILATÓN”, por lo que, se impone una sanción MUY GRAVE, en función de los determinado en el artículo 107 de la LOS NCP vigente a la fecha en que se cometió la infracción y en el numeral 5.9.7 de la “METODOLOGIA PARA APLICAR SANCIONES POR LAS INFRACCIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 106 C), EXCEPTO A LA CALIDAD DE PRODUCTOR NACIONAL”, emitida mediante Resolución Nro. RI-SERCOP-2022-0006 de fecha 04 de mayo de 2022.
Artículo 3.- SUSPENDER: del Registro Único de Proveedores – RUP –, al proveedor ESQUIVEL CAMPOVERDE JAIME RENATO con RUC Nro. 0102431582001, por un plazo de ciento ochenta (180) días contados a partir desde que la presente Resolución haya causado estado en vía administrativa. En consecuencia, mientras dura la suspensión, no tendrán derecho a recibir invitación alguna, ni participar en procedimientos de contratación pública derivados de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Se EXHORTA, que en futuros procedimientos de contratación en los que participe, se deberá consignar la documentación verás que respalde su actuación
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