Beneficios del proveedor
Gracias al Portal Institucional del SERCOP, los proveedores pueden acceder a los diferentes procesos de contratación desde sus lugares de trabajo, domicilio, etc., y realizar todo el procedimiento subiendo la información necesaria para cada proceso.
Otro de los beneficios que tienen los proveedores, es acceder a los Modelos de Pliegos Obligatorios de forma gratuita sin tener que cancelar valor alguno a las entidades contratantes. Así, el SERCOP en su Portal ha publicado los diferentes modelos de Pliegos Obligatorios, los cuales describen en su totalidad las responsabilidades de las entidades contratantes y de los proveedores, facilitando la participación transparente en procesos de contratación llevados a cabo por el Estado y las entidades sujetas a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública da prioridad a los pequeños empresarios sobre los medianos, y a estos sobre los grandes empresarios, dando así igualdad de oportunidades entre los diferentes proveedores para que puedan contratar con el Estado, privilegiando a los productores locales, antes que a los provinciales, y a estos antes que a los nacionales; lo anterior se encuentra regulado a través de las diferentes herramientas del Portal.
Adicionalmente, si los proveedores sienten que han sido vulnerado sus derechos respecto a su oferta podrán hacer sus reclamaciones de conformidad con el artículo 102 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
1.- Los proveedores pueden acceder al Sistema Oficial de Contratación del Estado – SOCE, desde cualquier lugar con acceso a internet para poder consultar información acerca de los procedimientos de contratación y participar en los que consideren pertinente. |
2.- Los proveedores pueden elaborar sus ofertas, para los procedimientos de régimen común, utilizando el aplicativo MFC Ofertas sin la necesidad de una conexión a internet. |
3.- La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública privilegia la contratación con micro, pequeñas empresas, artesanos y profesionales, y sectores de la economía popular y solidaria de manera individual o asociativa, preferentemente domiciliados en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. |
4.- Si los proveedores consideran que se han vulnerado sus derechos respecto a su oferta, podrán hacer sus reclamaciones de conformidad con el artículo 102 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. |
5.- Los proveedores cuentan con asesoría para la participación en los procedimientos de contratación a través de los siguientes canales de atención: Consultas en línea, trámite rápido, call center: 1700- 737267. |