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Resoluciones Administrativas de VAE - 2023

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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-085-FZ  de fecha 27 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor GOMEZ JIMENEZ FABIOLA PRISCILA, con RUP No.0105265870001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-12-28 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-110-DM de fecha 22 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora BRIGITTE NAHOMI GALLARDO ESTRADA, con RUP No. 1805390828001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-12-27 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-108-DM  de fecha 21 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor SKYCOMPANY S.A. con RUP No. 0992477628001, representado legalmente por el señor ALVARO GONZALO ORDENES FIGUEROA con RUP No. 0908234230001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2023-12-27 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-084-FZ de 21 de diciembre de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor ESSENTIALCORP S. A., con RUP No.0992734337001, representado legalmente por el señor FRANCISCO ALEJANDRO MORENO KAYSER con RUC No.1710866946001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan.   " Fecha de emisión: 2023-12-26 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-083-FZ  de fecha 20 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ANGUETA PACHECO HAMILTON ALEXANDER, con RUP No. 0503775355001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No. RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023.  " Fecha de emisión: 2023-12-21 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-082-FZ de fecha 20 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora GOMEZ JIMENEZ FABIOLA PRISCILA, con RUP No. 0105265870001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-1681-0, de fecha 7 de noviembre de 2023.    " Fecha de emisión: 2023-12-21 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-104-DM de fecha 19 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora VICTORIA EUGENIA SANCHEZ BENAVIDES, con RUP No. 1003033840001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023.  Fecha de emisión: 2023-12-21 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-081-FZ de fecha: 13 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora BATALLAS GONZALEZ CINDY ELIZABETH, con RUP No.1721741682001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-12-15 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-080-FZ de fecha 12 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor TOALA BRIONES GALVIN PAUL, con RUP No. 1310215635001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-12-15 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-079-FZ de fecha 12 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor GUAMAN GARCIA DANILO ROLANDO, con RUP No.2200054522001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-12-14 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-078-FZ de fecha 11 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor LOPEZ VILLACIS CRISTIAN ALEXIS, con RUP No.0603554106001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023.  " Fecha de emisión: 2023-12-13 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-101-DM de fecha: 06 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ANGEL EDMUNDO JATIVA PEÑA, con RUP No. 1710762814001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023.  Fecha de emisión: 2023-12-12 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-077-FZ de fecha 04 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor OÑATE AMAGUAÑA ANGEL FERNANDO, con RUP No.1713361200001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: (…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023.  " Fecha de emisión: 2023-12-12 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-100-DM de fecha: 01 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ANDRES FELIPE GUTIERREZ MONTESINOS, con RUP No. 1103587935001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-12-07 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-075-FZ de fecha 04 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor BRITO LUNA JUAN CARLOS, con RUP No.0104851142001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023.     " Fecha de emisión: 2023-12-07 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-107-DM de fecha: 04 de diciembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor COMPROMISO DE CONSORCIO PINTURA CUENCA, conformado por el señor CRISTIAN GIOVANNY CALDERON MONCAYO  con RUP No. 1716585672001 y por la empresa PINTURAS LIDER PINLID CIA LTDA, con RUP No. 1791271688001, este último representado legalmente por el señor JACKSON RODOLFO VALDIVIESO PROAÑO  con RUC No. 1705278065001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023." Fecha de emisión: 2023-12-07 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-076-FZ de fecha 29 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor TELDISCORP S.A., con RUP No.0992430265001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023." Fecha de emisión: 2023-11-30 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-069-FZ de fecha 24 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora ALVARADO SARMIENTO MARIUXI NOEMI, con RUP No. 1104624091001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-11-30 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-098-DM de fecha: 28 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor MATEO ALEJANDRO CAZARO CORAL, con RUP No. 1750128827001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023." Fecha de emisión: 2023-11-30 Vigente
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    Artículo 1.- NO acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-071-FZ de fecha 23 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional y en consecuencia, ratificar la declaración de Valor Agregado Ecuatoriano realizada por el oferente SANTAMARÍA SALVADOR LUIS HERNÁN, dentro del procedimiento de contratación N° SIE-EMGIRS-008-2023. Fecha de emisión: 2023-11-29 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-072-FZ de fecha 23 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora BARZALLO PAREDES LAURA VANESSA, con RUP No.0802199331001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023.     " Fecha de emisión: 2023-11-29 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-073-FZ de fecha 23 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora LEMA CHICAIZA LIDA GEORGINA, con RUP No.0603695008001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-11-29 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-095-DM de fecha: 23 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora NATHALY FRANSHESKA CHAVEZ RODRIGUEZ, con RUP No. 0803602044001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-11-24 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-092-DM  de fecha 16 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor MAURICIO VICENTE CEPEDA MONCAYO con RUP No. 1715561336001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan." Fecha de emisión: 2023-11-23 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-094-DM de fecha: 14 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor FELIX ANTONIO MOROCHO MOROCHO, con RUP No. 0701733545001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023." Fecha de emisión: 2023-11-21 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-091-DM de fecha: 16 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ELECTRO COOL EECOOL CIA.LTDA, con RUP No. 0993079782001, representado legalmente por la señora TANIA MARIBEL GAVILANEZ QUIJIJE con RUC No. 0705444180001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No-RE-SERCOP-2023-0134, vigente desde el 09 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-11-21 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-066-FZ de fecha 14 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor CABRERA REASCOS JORGE DAVID, con RUP No. 1001682218001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023.     " Fecha de emisión: 2023-11-21 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-065-FZ de fecha 14 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ELECTROMEDICA-CRONOS CIA. LTDA., con RUP No.0391030626001, representado legalmente por el señor BOLÍVAR SANTIAGO CABRERA CÓRDOVA con RUP No.0301995841001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2023-11-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-089-DM de fecha 13 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor INDUSTRIPROTEC REPRESENTACIONES CIA. LTDA., con RUP No. 1792324688001, representado legalmente por el señor STALIN RICARDO MOLINA CHAVEZ con RUC No. 1714234000001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-11-15 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-090-DM  de fecha 07 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor EDISON EDUARDO SUNTAXI LOACHAMIN con RUP No. 1719435784001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No-RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-11-13 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-087-DM de 31 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor MAGNO RIGAIL JETON TINTIN, con RUP No. 0105068688001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-11-08 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-096-DM de fecha: 01 de noviembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor EMERGENCIAS GAZAEMERGENCIAS CIA.LTDA., con RUP No. 1792998573001, representado legalmente por el señor CAMILO ERNESTO CABASCANGO USECHE con Cédula de Ciudadanía No. 1754647145, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2023-0134, de fecha 1 de agosto de 2023. Fecha de emisión: 2023-11-08 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-088-DM  de fecha 30 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor CARLOS DAVID ALVAREZ ALVARADO con RUP No. 0105111009001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-11-08 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-060-FZ de fecha 30 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor MEGACLIMA CIA. LTDA., con RUP No.1191746712001, representado legalmente por el señor PAUTE MALDONADO MARCO SANTIAGO con RUC No.1104190283001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en el Título III, Capítulo II de la Normativa Secundaria emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2023-0134, misma que entró en vigencia el 9 de agosto de 2023.  Fecha de emisión: 2023-10-31 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-059-FZ de fecha 25 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor CAICHE MUÑOZ RONALD ALEXANDER, con RUP No. 0927664656001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-27 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-084-DM  de fecha 20 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor CRISTHIAN DAVID ATENCIO AGUAS con RUP No. 1715932610001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-25 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-057-FZ de fecha 20 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora MANZANO CALDERON ANABEL ALEXANDRA con RUP No.0604965004001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-23 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-056-FZ de fecha 20 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor GUANOLEMA COCHA LUIS ALFONSO, con RUP No. 1717531303001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016 Fecha de emisión: 2023-10-23 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-083-DM  de fecha 19 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar a la proveedora DANIELA VERONICA MENDIETA FLORES con RUP No. 0104738331001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTORA NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-10-20 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-080-DM de fecha 16 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora SONIA ADRIANA LUZURIAGA VALLEJOS con RUP No. 1726365982001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-055-FZ de fecha 13 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor GONZALEZ VACA CARLOS DANIEL, con RUP No. 0702424813001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-079-DM de fecha: 11 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor LA LLAVE S.A. DE COMERCIO, con RUP No. 0990015295001, representado legalmente por el señor JORGE ENRIQUE MORAN JALON con cédula de ciudadanía No. 0910243856, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-10-13 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-054-FZ de 06 de octubre de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor AGUAS DEL ECUADOR ADE CIA.LTDA. con RUP No.0190413071001, representado legalmente por el señor CRESPO ALVARADO HERNAN RODRIGO con RUC No. 0101482289001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan.   Fecha de emisión: 2023-10-10 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-081-DM de 06 de octubre de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor ADRIAN JAVIER MENA MEDINA, con RUP No. 0501641104001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-10-10 Vigente
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    Artículo 2.- Advertir al proveedor TOAPANTA GUACAPIÑA ALEX PATRICIO, con RUP No. 1716921075001, recordándole su obligación de presentar sus declaraciones de VAE de manera correcta y apegada estrictamente a la normativa vigente Fecha de emisión: 2023-10-10 Vigente
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    Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-076-DM de fecha 05 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora LUNA GUEVARA JANETH PATRICIA, con RUP No. 1707124168001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-10 Vigente
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    Artículo 2.- Suspender del Registro Único de Proveedores al proveedor CAPACITACION Y CONSULTORIA ASOMIP CIA. LTDA. con RUP No. 1792377552001, y a ALEXANDRA KATHERINE AVILA BAEZ con RUP No. 1721145454001 en calidad de representante legal, por un plazo de ciento veinte (120) días contados a partir de la notificación de la presente Resolución a través del Portal Institucional; en consecuencia, mientras dure la suspensión, no tendrá derecho a recibir invitación alguna ni a participar en procedimientos de contratación pública derivados de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Se impone la presente sanción por delegación de la máxima autoridad del SERCOP, con la finalidad de salvaguardar la producción nacional y los principios consagrados en el artículo 4 de la Ley de la materia, así como garantizar la legalidad, transparencia, trato justo e igualdad.. 120 días Fecha de emisión: 2023-10-10 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-053-FZ de fecha 05 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ANDIPETROL S.A., con RUP No. 1793018076001, representado legalmente por MIRANDA OLMEDO NELSON ANDRES con RUP No.1721150801001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-06 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-050-FZ de fecha 03 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ANDIPETROL S.A., con RUP No. 1793018076001, representado legalmente por MIRANDA OLMEDO NELSON ANDRES con RUP No.1721150801001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-06 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-049-FZ de fecha 03 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ANDIPETROL S.A., con RUP No. 1793018076001, representado legalmente por MIRANDA OLMEDO NELSON ANDRES con RUP No.1721150801001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-05 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-074-DM de fecha: 02 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la empresa CAPACITACION Y CONSULTORIA ASOMIP CIA. LTDA. con RUP No. 1792377552001, representada legalmente por ALEXANDRA KATHERINE AVILA BAEZ con RUP No. 1721145454001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-04 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-072-DM de fecha: 02 de octubre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor IMPORTADORA FLORES, con RUP No. 1091784234001, representada legalmente por NARCIZA ELIZABETH LEON POSSO con RUP No. 1002112991001 por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-10-04 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-044-FZ de 21 de septiembre de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor COBERTURA TOTAL EN CONECTIVIDAD CAPCONTEL CIA. LTDA., con RUP No.1791879198001, representado legalmente por LEDESMA DAVILA GLADYS NARCIZA con RUP No.0200933539001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante Fecha de emisión: 2023-09-25 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-045-FZ de fecha: 18 de septiembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora LOYAGA CORREA MARCIA NATHALY, con RUP No.1725831950001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016 Fecha de emisión: 2023-09-22 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-046-FZ de fecha: 19 de septiembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ALDAS SANCHEZ HUMBERTO JAVIER, con RUP No.1803279007001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016 Fecha de emisión: 2023-09-22 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-043-FZ  de fecha 12 de septiembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al oferente TORRES YAGUANA LIVIO WUILFRIDO con RUP No. 1707442925001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-09-19 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-069-DM de 11 de septiembre de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor ECUATORIANA DE MATRICERIA ECUAMATRIZ CIA LTDA, con RUP No. 1890108241001, representado legalmente por el señor LUIS FERNANDO VALENCIA VALENCIA con RUC No. 1803876026001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-09-15 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-064-DM de fecha 12 de septiembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor FALCON CORPORACION INDUSTRIAL S.A. con RUP No. 1190090058001, representado legalmente por la señora ELEANA DALILA VARGAS GUERRA, con cédula de ciudadanía No. 1707742662, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-09-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-070-DM de fecha 12 de septiembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor JAVIER ESTUARDO ALVARADO BRAVO con RUP No. 0103680864001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-09-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-067-DM de fecha: 05 de septiembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora AGUEDA MATILDE CAICEDO PERLAZA, con RUP No. 0803040617001 por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-09-08 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-041-FZ de fecha 05 de septiembre de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ANREYSER S.A., con RUP No. 1391776462001, representado legalmente por LOPEZ ZAMBRANO LEONEL FERNANDO con RUP No. 1306759174001 por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-09-08 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-062-DM de 31 de agosto de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor COMPROMISO DE CONSORCIO CONTROL DE PERDIDAS, conformado por los prominentes consorciados: FAUSTO ENRRIQUE JIMA CONDOLO con RUP No. 2100296306001, y SOLFERPON S.A. con RUC 2290322432001, representado legalmente por: WILIAN ROLANDO SOLORZANO BRIONES con RUC No. 1308054046001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-09-05 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-063-DM de fecha 29 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor EFREN ALEXANDER SANMARTIN MENESES con RUP No. 2100123138001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-09-05 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-059-DM del 25 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor JULIO DANILO MEJIA CORONEL, con RUP No. 0103638581001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados no corresponden con la documentación de sustento presentada, razón por la que se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta, los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-08-29 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-057-DM de fecha 25 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor JAMES AUGUSTO MOREIRA GUADAMUD con RUP No. 1306940428001 , por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-08-28 Vigente
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    Artículo 1.- Modificar el número de RUP expuesto en el artículo 1 y artículo 2 de la Resolución N° SERCOP-SDG-2023-0104-R que identifica a la empresa COINT CÍA. LTDA., siendo lo correcto el siguiente número RUP: 0190351149001.  Fecha de emisión: 2023-08-22 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-040-FZ  de fecha 17 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al oferente GROUPERCON LTDA COMPAÑIA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con RUP No. 1793165605001 y representado legalmente por la señora MARCILLO SUQUILLO IRENE ALEXANDRA con RUP No. 1714420195001 por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.    Fecha de emisión: 2023-08-22 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-039-FZ  de fecha 18 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al COINT CÍA. LTDA., con RUP No.01903511490011, representado legalmente por el señor FRANKLIN MAURICIO CONTRERAS CALLE con RUC No.0102157062001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. / TEXTO REFORMADO MEDIANTE RESOLUCIÓN SERCOP-SDG-2023-0106-R Fecha de emisión: 2023-08-22 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-056-DM de fecha 17 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor MARCELO ARMANDO FLORES ASQUI con RUP No. 0602919318001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-08-22 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-054-DM de fecha 15 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor JOSE MATIAS PAGUAY ZHININ con RUP No. 0301125050001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-08-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-053-DM de fecha 08 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor GABRIEL ILDEFONSO BOHORQUEZ CAÑIZARES con RUP No. 0917588386001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-08-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-035-FZ de fecha 14 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al MECANISMOS Y SISTEMAS S.A. MECSIS., con RUP No.0992299495001, representado legalmente por el señor MEJIA CORONEL JULIO CESAR con RUP No.0906888912001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-08-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-055-DM del 10 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar a la proveedora ROSA AGRIPINA CHANO CALISPA, con RUP No. 1708507650001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTORA NACIONAL de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados no corresponden con la documentación de sustento presentada, razón por la que se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta, los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-08-15 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-036-FZ  de fecha 09 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al PETROHOMEHUR CIA. LTDA., con RUP No.2290318583001, representado legalmente por el señor PUEDMAG RAMIREZ ALEXANDER NIVALDO con RUP No.2200208748001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-08-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-037-FZ  de fecha 09 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al COMPROMISO DE CONSORCIO PAO, conformado por los prominentes consorciados señor GARCIA CHICA JUANA ALEXANDRA con RUP: 0914997887001 y señora CHOEZ HINOSTROZA PAULA DEL PILAR con RUP No. 0920169588001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-08-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-034-FZ  de fecha 03 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ROBERTO MAURICIO SERIS GUERRA con RUP No.0916555501001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-08-08 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-051-DM de fecha 01 de agosto de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor JOFRE ESTEBAN ESPAÑA RODRIGUEZ con RUP No. 1305679068001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-08-08 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-050-DM de fecha: 27 de julio de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora MAGDALENA ELIZABETH MONTOYA LOPEZ, con RUP No. 1719752758001 por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-08-01 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-032-FZ del 19 de julio de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor ESPINOSA & LEHRER CIA. LTDA., con RUP No. 1400663660001, representado legalmente por la señora NANCY MARIELA ESPINOSA CARRERA, con RUP No. 1715069421001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-07-24 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-046-DM de fecha 14 de julio de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora VERONICA SOLEDAD SUAREZ MORALES con RUP No. 1719410142001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-07-24 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-030-FZ  de fecha 12 de julio de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor VILLALVA MEDINA CESAR FELIPE con RUP No. 0919400333001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-07-18 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-043-DM de fecha 30 de junio de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedora ACX ENGENHARIA LTDA. con RUP No. 1091762427001, representado legalmente por el señor DALTON ENRIQUE MENDEZ RODRIGUEZ, con cédula de ciudadanía No. 1704886892, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-07-11 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-045-DM del 04 de julio de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor DANILO JOSÉ CHAMICO NAYAP, con RUP No. 1400663660001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2023-07-11 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-042-DM de fecha 23 de junio de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora ROCIO DE FATIMA RECALDE CARVAJAL con RUP No. 1706042387001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-06-28 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-040-DM de fecha 14 de junio de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedor INCODIPROSA S.A. con RUP No. 0992700645001, representado legalmente por el señora KRISTY ELIZABETH CORONADO CAICHE, con cédula de ciudadanía No. 0950896506, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-06-20 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-041-DM de fecha 13 de junio de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor LEONARDO ISRAEL BENALCAZAR ROMERO con RUP No. 0602866196001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-06-20 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-039-DM del 09 de junio de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor ERCAMPO S.A., con RUP No. 1791432215001, representado legalmente por el señor ANTONIO LEOPOLDO CAMPOVERDE AGUILAR, con cédula de ciudadanía No. 1704737442, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2023-06-16 Vigente
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      Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-025-FZ de 13 de junio de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora IZQUIERDO CABRERA LIZZY ANTHONELLA con RUP No. 1205031451001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-06-15 Vigente
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      Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-021-FZ de 08 de junio de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar a la proveedora JARAMILLO MAZA KARINA LOURDES., con RUP No. 1600358988001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTORA NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan.    Fecha de emisión: 2023-06-13 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-035-DM de 29 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor JOSE CEVALLOS JOCE CIA. LTDA. con RUP No. 1791310519001, representado legalmente por el señor JOSE PIO GONZALO CEVALLOS MEJIA, con cédula de ciudadanía No. 1706585211, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-06-01 Vigente
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       Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-019-FZ de 24 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ROQUIMIM S.A. con RUP No.0992235381001, representado legalmente por el señor GONZABAY PIEDRAHITA ROOSEVELT ANDRES con RUC No. 0701804247001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.     Fecha de emisión: 2023-05-31 Vigente
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       Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-017-FZ de 22 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor SAAVEDRA ACOSTA WILSON DAVID con RUP No.1719539619001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-05-23 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-031-DM de 16 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor DIEGO ARMANDO SOTO ESPINOSA con RUP No. 1716585276001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-05-23 Vigente
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       Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-014-FZ de 17 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor TASIPANTA MALIQUINGA SEGUNDO BALTAZAR, con RUP No. 1710904275001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.    Fecha de emisión: 2023-05-23 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-015-FZ de 17 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora PALACIOS SEVILLANO GENOVEVA JENNIFFER con RUP No.0927409334001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-05-18 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-029-DM de 15 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor NOLI AGUSTIN HERRERA VICENTE con RUP No. 2100103932001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-05-19 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-030-DM de 12 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ALL-EQUIPMENT & SUPPLY S A S con RUP No. 1793082645001, representado legalmente por el señor DANIEL EDUARDO KARPITE ALCIVAR, con RUP No. 1316364494001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-05-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-013-FZ de 09 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor MATERIALES AUTOADHESIVOS S.A. ADFOLSA con RUP No. 1791730372001, representado legalmente por la señora PAEZ MENA MALENA MARIA con cédula de ciudadanía No. 0801298118 por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-05-12 Vigente
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    Artículo 1.-Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-004-FZ-R de 03 de mayo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor BICO INTERNACIONAL S.A. con RUP No. 1791260635001, representado legalmente por el señor CARRERA PROAÑO MILTON EDUARDO con RUC No. 1712744695001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016 Fecha de emisión: 2023-05-11 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-026-DM de fecha 27 de abril de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor OSCAR LUIS VERA LLORENTE con RUP No. 1309377057001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-05-02 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-010-FZ de 24 de abril de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor VERA CARREÑO RICHAR RENE con RUP No. 1306943869001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-04-27 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-010-FZ de 24 de abril de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor VERA CARREÑO RICHAR RENE con RUP No. 1306943869001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-04-27 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-027-DM de 25 de abril de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor SOLUCIONES DE VIRTUALIZACION E INFRAESTRUCTURA CONVERGENTE VIRTUALSUPPORT S.A. con RUP No. 1792567718001, y a su representante legal, señor FRANCISCO XAVIER MOLINA VARGAS, con RUP No. 1716893365001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-04-26 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-023-DM de 18 de abril de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor SANIMOBEL S.A. con RUP No. 1591710822001, y a su representante legal, señor MILTON EDUARDO RUBIO SILVA, con RUP No. 0400727574001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2023-04-25 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-007-FZ de 31 de marzo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor TORRES SCOTLAND CARLOS ADRIAN, con RUP No. 0927565994001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.   Fecha de emisión: 2023-04-06 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-022-DM de 31 de marzo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora MARIA GABRIELA RAMIREZ ABAD con RUP No. 2200099899001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-04-06 Vigente
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       Artículo 1.- Acoger el informe técnico No.VAE-UIO-2023-006-FZ de 21 de marzo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor V.S.M. VICENTE MOLINA CIA. LTDA., con RUP No.1791110676001, representado legalmente por la señora VERDUGO CHACHA CARLA VICTORIA con RUP No. 1713309282001 por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-03-27 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-019-DM de fecha 09 de marzo de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor PAPELES SOTO IMPORSOPAPEL S.A. con RUP No. 0190153142001, representado legalmente por el señor PAUL ANDRES SOTO ESPINOZA, con RUC No. 0102861382001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-03-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-020-DM del 09 de marzo de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora MERCEDES MARGARITA BARCIA LUCAS con RUP No. 1301841605001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-03-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-018-DM de fecha 09 de marzo de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor LUIS GERARDO ALTAMIRANO ESCOBAR con RUP No. 1703520161001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-03-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-001-FZ del 08 de marzo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora ALMAGRO NARANJO ZIRTAED FERNANDA con RUP No. 1751350800001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.    Fecha de emisión: 2023-03-16 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-015-DM del 08 de marzo de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora CARMEN GUADALUPE ALBAN HOYOS con RUP No. 0502325947001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-03-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-002-FZ de 07 de marzo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor PARDO GUALAN ELVIO FLORENCIO  con RUP No. 1707815245001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2023-03-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-016-DM de fecha 06 de marzo de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor RAFAEL ENRIQUE HERNANDEZ SANCHEZ con RUP No. 0914832795001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-03-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-011-DM de 08 de marzo de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor FABREZ-ECUADOR S.A. con RUP No. 1391804210001, representado legalmente por el señor JORGE LUIS PEREZ HERNANDEZ, con Cédula de Ciudadanía No. 0959612656, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-03-13 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-009-DM de fecha 01 de febrero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor FILVERIZA S.A. con RUP No. 0992748354001, representado legalmente por la señora LILIANA JOHANNA GONZALEZ FRANCO, con Cédula de Ciudadanía No. 0923378681, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-03-06 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-010-DM del 27 de febrero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar a la proveedora DANIELA ALEXANDRA MUESES CORONEL, con RUP No. 1720829819001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTORA NACIONAL de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados no corresponden con la documentación de sustento presentada, razón por la que se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta, los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-03-02 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-008-DM de fecha 01 de febrero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor DIXON ROBER CRUZ JIMENEZ con RUP No. 1106050154001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-02-27 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-004-DM emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor INDUSTRIAL CISNEROS & BRAVO CSMSERVIMET CIA.LTDA., con RUP No. 1792668344001, representado legalmente por la señora GABRIELA PATRICIA ARIAS CHINCHIN, con Cédula de Ciudadanía No. 1718616855, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2023-02-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-005-DM de 09 de febrero de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor MARVIN WILFRIDO GALLARDO PAZMIÑO, con RUP No. 0924839624001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo los valores declarados difieren de los documentos presentados como sustento, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta, los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-02-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-002-DM de 15 de febrero de 2023, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar a la proveedora JEANETH MARIANELA FLORES VALENCIA, con RUP No. 1002267878001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTORA NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados no corresponden con la documentación de sustento presentada, razón por la que se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta, los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2023-02-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-003-DM del 02 de febrero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora CRISTINA ELIZABETH SOLIS TAPIA con RUP No. 1716944614001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-02-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2023-001-DM de fecha 01 de febrero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor EDGAR FERNANDO POW HING VARGAS con RUP No. 0905372231001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-02-09 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-006-ML de fecha 20 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DE SEGURIDAD DISPROSEG S.A. con RUP No. 1709136475001, representado legalmente por el señor FELIX XAVIER SALGADO SUAREZ, con Cédula de Ciudadanía No. 1708657471, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-30 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-007-ML de fecha 16 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor JAVIER MAURICIO FLORES FREIRE con RUP No. 0917116816001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-19 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-139-DM del 10 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora MARIA ISABEL MALDONADO ROBALINO con RUP No. 1711527646001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-143-DM del 10 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora NADIA LEONOR FREIRE SALAZAR con RUP No. 0913559399001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-142-DM de fecha 05 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor MARIO RODRIGO LOPEZ CEVALLOS con RUP No. 1803440120001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-12 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-144-DM de fecha 12 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor CRISTHIAN OMAR MOREIRA BANGUERA con RUP No. 0803725399001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-12 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-138-DM del 05 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar a la proveedora LUCY LILIAN LUNA PORTERO, con RUP No. 1708149180001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTORA NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2023-01-12 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-137-DM de fecha 05 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor EDWARD NEWTON UZHO VALAREZO con RUP No. 0703996298001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-12 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-141-DM del 04 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora NANCY ADRIANA TOAPANTA QUISHPE con RUP No. 1713402996001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-05 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-136-DM de fecha 03 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor TECNICENTRO AUTO-ONE CIA.LTDA. con RUP No. 1709136475001, representado legalmente por la señora LUPE ETELVINA LUCERO GALLEGOS, con RUP No. 0921213195001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-05 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-134-DM del 03 de enero de 2023 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora VIVIANA ISABEL ZAMBRANO LOPEZ con RUP No. 0930564612001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2023-01-06 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-135-DM emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor SERVICIOS DE CALIBRACION Y VERIFICACION SERCALVE CIA. LTDA., con RUP No. 1792147492001, representado legalmente por el señor ESTEBAN ANDRES ALMEIDA MORA, con Cédula de Ciudadanía No. 1721608444, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2023-01-05 Vigente
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