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Resoluciones Administrativas de VAE - 2022

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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-130-DM de fecha 27 de diciembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor JORGE RICARDO ARROYO MURGUEITIO con RUP No. 1709136475001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-12-30 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-129-DM de 16 de diciembre de 2022, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor MOISES ELIAS LOPEZ EGAS, con RUP No. 1752221182001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-12-23 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-126-DM de 15 de diciembre de 2022, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar a la proveedora JOHANNA TATIANA ASIMBAYA NASIMBA, con RUP No. 1712677218001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTORA NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden con la documentación de respaldo presentada.  Fecha de emisión: 2022-12-20 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-128-DM de 14 de diciembre de 2022, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor ONEGLOBAL S.A., con RUP No. 0992545291001, representado legalmente por el señor MAX KLEBER ESCOBAR CRUZ, con RUP No. 0905420287001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos documentales presentados, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta los valores que realmente correspondan.    Fecha de emisión: 2022-12-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-125-DM del 08 de diciembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor LUIS RICARDO BUSTAMANTE BURGOS, con RUP No. 0908124035001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.   Fecha de emisión: 2022-12-13 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-124-DM del 08 de diciembre de 2022, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor LACORPORACION S.A., con RUP No. 0992301929001, representado legalmente por la señora CECILIA COLOMBIA TELLO BALSECA, con Cédula de Ciudadanía No. 1802373843, que una vez revisados los descargos presentados, se ha comprobado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2022-12-13 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-123-DM de fecha 02 de diciembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor DIEGO FERNANDO URGILES GONZALEZ con RUP No. 1104369374001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-12-07 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-120-DM de fecha 01 de diciembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor FLEXMAN S.A. con RUP No. 0993368196001, representado legalmente por el señor JOSE RICARDO BOWEN MENDOZA, con RUP No. 1310860281001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-12-07 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-122-DM de fecha 01 de diciembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor LUIS AUGUSTO GUTIERREZ VILLAGOMEZ con RUP No. 1708004229001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-12-07 Vigente
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    Notificación Resultados Preliminares Verificación VAE Caso No. VAE-UIO-2022-139-DM Proveedor: MALDONADO ROBALINO MARIA ISABEL Fecha de emisión: 2022-12-16 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-117-DM de fecha 23 de noviembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor WILSON JAVIER CHANCHICOCHA JATI con RUP No. 0503318438001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-11-28 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-114-DM de fecha 23 de noviembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor EDGAR IVAN CHICAIZA GRANDA con RUP No. 1716221245001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-11-28 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-113-DM de fecha 15 de noviembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor VICTOR HUGO DUQUE DUQUE con RUP No. 1705304416001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-11-23 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-112-DM de fecha 14 de noviembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor MAXIFRIO S.A. con RUP No. 0991415211001, representado legalmente por el señor MAXIMO ROBERTO MERELLO PINTO, con RUP No. 0908463193001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-11-23 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-111-DM de fecha 14 de noviembre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor JAIME EDMUNDO GUAITA DEFAZ con RUP No. 0802477240001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-11-23 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-108-DM emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor PRODUCTOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL PROSEIN CIA. LTDA., con RUP No. 1791065093001, representado legalmente por el señor ALVARO SANTIAGO CORTEZ MUÑOZ, con RUP No. 1706741228001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2022-11-18 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-110-DM emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor JORGE ARTURO LOPEZ ASCUNTAR, con RUP No. 1712770922001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de una parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2022-11-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-105-DM de fecha 24 de octubre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor SERPRODIN S.A. con RUP No. 0992835605001, representado legalmente por la señora KARLA VALERIA HERRERA RODRIGUEZ, con RUP No. 0930471073, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-11-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-106-DM de fecha 24 de octubre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor ENERGIA TELECOMUNICACIONES FIBRA OPTICA ENTELFO CIA LTDA. con RUP No. 1792193672001, representado legalmente por el señor EDUARDO ERNESTO ROJAS BLANCO, con RUP No. 1718220112001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-11-09 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-103-DM de fecha 24 de octubre de 2022 emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar a la proveedora AMPARO DEL ROCIO CEDEÑO ENRIQUEZ con RUP No. 0916943632001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-11-01 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-005-ML de fecha 18 de octubre de 2022, emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor PRODUCTOS INDUSTRIALES Y SERVICIOS DEL ECUADOR INTSVAPESA S.A, con RUP No. 1792455596001, representado legalmente por la empresa VLADIMIR OSWALDO QUILO TENORIO, con cédula de ciudadanía No. 0502669690, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-10-24 Vigente
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    ECUADOR S.A. SCHNELECTRIC, con RUP No. 1791274946001, representado legalmente por la empresa BRUREP BRUZZONE REPRESENTACIONES S.A., con RUC No. 1792543282001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-10-18 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-096-DM emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedora IVÁN ARCESIO GUZHNAY ZHUNIO, con RUP No. 0101900975001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL del bien requerido por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2022-10-18 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor NELSON LENNIN MEJIA PINTAG con RUP No. 0920422680001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-10-14 Vigente
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    "Artículo 1.- Acoger el informe técnico Nro. VAE-GYE-2022-031-JC emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, e informar al proveedor MORENO LARA DIEGO FERNANDO, con RUP No. 0603054529001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y los valores declarados corresponden con la documentación de respaldo presentada;” Fecha de emisión: 2022-10-14 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-098-DM emitido por la Dirección de Control de Producción Nacional, y sancionar al proveedor COMPROMISO DE CONSORCIO ENERFARISOL conformado por el prominente consorciado MIGUEL FABRICIO ZAMBRANO ZAMBRANO con RUP No. 1311977795001, el prominente consorciado SOLGEN INGENIERIA ELECTRICA ELECTRONICA INDUSTRIAL CIA.LTDA. con RUP No. 1792610206001, representado legalmente por el señor VICTOR MANUEL HOMERO GONZALEZ PARRA, con RUP No. 1704383320001, el prominente consorciado RIPEX S.A. con RUP No. 0992955848001, representado legalmente por el señor RICARDO RUBEN PEREZ RODRIGUEZ con cedula de ciudadanía No. 0916039365, y el prominente consorciado VLADMAU CONSTRUCCIONES S.A. con RUP No. 1792172993001, representado legalmente por el señor AKIRA RICARDO SAKURAI ESPAÑA, con RUP No. 0802396549001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-10-13 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-088-DM emitido por la Dirección de Control para la Producción Nacional e informar al proveedor COMPROMISO DE CONSORCIO LOS ANDES, conformado por el prominente consorciado ELECTROMOON S.A. con RUP No. 0993044040001, representado legalmente por el señor CARLOS JIMMY LUNA NAVARRO, con cédula de ciudadanía No. 0911092112, y el prominente consorciado MIGUEL ANGEL YANEZ VILLAFUERTE con RUP No. 1710955897001, que una vez revisados los descargos presentados, no se han encontrado elementos suficientes para la configuración de causales de sanción por parte de este Servicio Nacional; y, a su vez recordarle sobre las obligaciones que asumen los proveedores respecto a la información que se incluye en las ofertas que se presentan a las entidades contratantes, cuya imprecisión o falsedad pueden resultar en responsabilidades de orden administrativo e incluso penal. Fecha de emisión: 2022-10-07 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor INDUSTRIA DE CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS VIALES ICSVIAL S.A. con RUP No. 1792643821001, representado legalmente por el señor GUILLERMO FERNANDO NAVARRETE BALLESTEROS, con RUP No. 1713499604001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-10-04 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora JOSELYN ALEXANDRA ESPINOZA MACIAS con RUP No. 0750563363001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-10-04 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor DIEGO ARMANDO CEDEÑO TORO con RUP No. 0704341825001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-10-03 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedora FAUSTO MAURICIO MOYA MALDONADO, con RUP No. 1711932838001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2022-09-27 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora BLANCA REBECA GUAMAN LEMA con RUP No. 0301248746001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-09-27 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger el informe técnico No. VAE-UIO-2022-082-DM emitido por la Dirección de Control para la Producción Nacional e informar al proveedor CONSORCIO ECUATORIANO DE TELECOMUNICACIONES S.A. CONECEL, con RUP No. 1791251237001, representado legalmente por el señor ALFREDO VIRGILIO ESCOBAR SAN LUCAS, con cédula de ciudadanía No. 0908234743, que una vez revisados los descargos presentados, no se han encontrado elementos suficientes para la configuración de causales de sanción por parte de este Servicio Nacional; y, a su vez recordarle sobre las obligaciones que asumen los proveedores respecto a la información que se incluye en las ofertas que se presentan a las entidades contratantes, cuya imprecisión o falsedad pueden resultar en responsabilidades de orden administrativo e incluso penal.   Fecha de emisión: 2022-09-21 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger la recomendación de la Dirección de Control para la Producción Nacional y sancionar a la proveedora CILLY KATIUCHKA RODRIGUEZ CASTILLO con RUP No. 0702431123001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-09-13 Vigente
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      Artículo 1.- Acoger la recomendación de la Dirección de Control para la Producción Nacional y sancionar al proveedor GREENCHECK S.A.S. con RUP No. 1793191531001, representado legalmente por la señora TANIA CAROLINA TAPIA GUIJARRO, con RUP No. 1714832142001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-09-12 Vigente
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    Artículo 1.- Acoger la recomendación de la Dirección de Control para la Producción Nacional e Informar a la proveedora JOHANA ELIZABETH VINUEZA TRUJILLO, con RUP No. 0603118233001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha verificado su condición de PRODUCTORA NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los sustentos documentales presentados sin causar afectación al orden final de prelación de la subasta SIE-CZ1S-18-2022, razón por la cual se ADVIERTE que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, declare en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta, los valores que realmente correspondan.  Fecha de emisión: 2022-09-08 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CARLOS ARTURO ARIAS ARANGO con RUP No. 1716402431001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-09-02 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CONENERGY S.A. CONTROL Y ENERGIA con RUP No. 1791412478001, representado legalmente por el señor DAVID GALLEGOS GUERRA, con RUP No. 1707724066001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-09-02 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor FREDDY DANIEL LOACHAMIN CHANO con RUP No. 1721136875001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-08-31 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor JARDINES TERRAGARDEN S.A., con RUP No. 1792235065001, representado legalmente por el señor ALEXIS VLADIMIR PARREÑO VELASQUEZ, con cédula de ciudadanía No. 0502137227001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-08-25 Vigente
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    Artículo 1.- Informar a la proveedora MAYRA LETICIA ESPINOSA ESPINOSA, con RUP No. 0502785405001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTORA NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2022-08-25 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora KARLA PAOLA SALAZAR GRANDA con RUP No. 1713738274001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-08-25 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora NANCY VIOLETA BARONA NARANJO con RUP No. 1802334753001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-08-25 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor SISTAGROSA S.A., con RUP No. 0992675756001, representado legalmente por el señor VICTOR ERNESTO PINEDA GONZALEZ, con cédula de ciudadanía No. 1103468177, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-08-23 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor EDUARDO XAVIER SUAREZ VARGAS, con RUP No. 0924144389001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-08-16 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor RONNY SHAI DAVILA GUERRERO, con RUP No. 1208157949001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2022-08-15 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor JORGE ALBERTO ENDERICA CEVALLOS, con RUP No. 1720321486001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-08-15 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor SOLUCIONES INTEGRALES DE COMERCIO SOLUCOMERCIAL S.A.S., con RUP No. 1793099076001, representado legalmente por la señora JENNY FERNANDA SARMIENTO TAPIA, con cédula de ciudadanía No. 1721218434, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2022-07-26 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    " Artículo 1.- Informar al proveedor LUBRICANTES INTERNACIONALES S.A. LUBRISA, con RUP No. 0991231366001, representado legalmente por el señor LOPEZ CARDENAS EDGAR FRANCISCO con cédula de ciudadanía No. 0909071987 que, una vez revisados los descargos presentados, se ha verificado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, al existir una diferencia entre los valores declarados y los montos sustentados documentalmente, se ADVIERTE al proveedor que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, deberá declarar los valores que realmente correspondan, en el acápite 1.11 del formulario único de su oferta. ." Fecha de emisión: 2022-07-27 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor INDURA ECUADOR S.A., con RUP No. 0990340900001, representado legalmente por el señor ALBORNOZ SAENZ LUIS ALFONSO, con cédula de ciudadanía No. 1706853544, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-07-27 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR DE MERCADERIA KYSMARTSHOP S.A., con RUP No. 0993260592001, representado legalmente por el señor ADRIAN YIEKSHEN AUSON ORTEGA, con cédula de ciudadanía No. 0915838973, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-07-26 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora NARCISA CRISTINA MENDOZA BRIONES, con RUP No. 1313457358001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-07-25 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor NORMAN FRANCISCO TENORIO GONZALEZ, con RUP No. 1101994554001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-07-21 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor COMPAÑÍA MANTENIMIENTOS M.Y.S. C.LTDA, con RUP No.0990787891001, representado legalmente por el señor CARLOS JULIO ARMIJOS VELEZ, con cédula de ciudadanía No. 0904243144, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de los servicios requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2022-07-19 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor ECOSACKS-EC S.A., con RUP No. 1793062954001, representado legalmente por la señora MARIA BELEN GUAMAN ZAPATA, con cédula de ciudadanía No. 1726523200, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTOR NACIONAL de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2022-07-18 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor SERVICIOS TECNOLOGICOS AVANZADOS INFORMATICOS Y NEGOCIOS SERVTAIN CIA. LTDA., con RUP No. 1792500354001, representado legalmente por el señor GUIDO RAUL HERRERA PANCHI, con RUP No. 0502510530001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-07-18 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor INTRIAGO MOSQUERA KENNETH BRYAN, con RUP No. 0802261305001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional ”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No-RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-07-12 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora VERGARA MORAN ELIZABETH JENNY, con RUP No. 0911117273001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional ”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No-RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-07-12 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CLAUDIO CESAR ARMIJOS SILVA, con RUP No. 0905594537001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-07-01 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora GIANELLA MARIA SILVA OLVERA, con RUP No. 0930294434001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-06-22 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor PATRICIO FERNANDO CARRILLO SUQUILANDA, con RUP No. 0604380113001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-06-17 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor COFALTOS COMERCIALIZADORA DE ASFALTOS Y DERIVADOS S.A.S., con RUP No. 1793137423001, representado legalmente por el señor GALO RODNEY DURANGO GRANJA, con cédula de ciudadanía No. 1711719250, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-06-17 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora JENNY VICTORIA MANOSALVAS TAPIA, con RUP No. 0401772413001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-06-14 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor ENRIQUE FABIAN POTOSI VASQUEZ, con RUP No. 1713947909001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2022-06-14 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor LUIS ARTURO COELLO VALDIVIESO, con RUP No. 0601105455001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2022-05-31 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor LINO RODRIGO MENA PACHECO, con RUP No. 0501965529001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-05-27 Vigente
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    "Artículo 1.- Informar al oferente CHARCO PACA JOSE, con RUP No. 1704308269001; que al haberse analizado los descargos recibidos, se ha validado su condición de PRODUCTOR de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que, los valores declarados corresponden con la documentación de respaldo presentada.”. Fecha de emisión: 2022-05-27 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor SIELECEC S.A., con RUP No. 1793171109001, representado legalmente por el señor FRANKLIN JAVIER ULLCU ESCOBAR, con cédula de ciudadanía No. 1721105102, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2022-05-20 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor JORGE AUGUSTO RODRIGUEZ ALEMAN, con RUP No. 0604849570001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-05-19 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CRISTIAN DAVID CABRERA MONTALVO, con RUP No. 1003777008001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-05-19 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor JARQUIFAR COMPAÑIA LIMITADA, con RUP No. 0190336298001, representado legalmente por el señor FLORENCIO MAURICIO JARA AREVALO, con cédula de ciudadanía No. 0301069944, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2022-05-16 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor FIGVALTECH CIA.LTDA., con RUP No. 1792957591001, representado legalmente por el señor CESAR IVAN FIGUEROA VALDIVIEZO, con cédula de ciudadanía No. 1709550774, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2022-05-11 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor ETISA CONSTRUCCIONES S.A., con RUP No. 0992654449001, y a su representante legal, el señor TOLEDO VASQUEZ RONALD ENRIQUE, con RUP No. 0926555228001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. " Fecha de emisión: 2022-04-27 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor SALCEDO MOTORS S.A. SALMOTORSA, con RUP No. 0992772786001, representado legalmente por el señor PEDRO FRANCISCO ARCENTALES VARAS con cédula de ciudadanía No. 0906415740, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su línea productiva de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los presentados en sus descargos, razón por la cual se ADVIERTE que para futuros procedimientos de contratación, el oferente deberá realizar su declaración con valores reales que puedan ser sustentados documentalmente; caso contrario se aplicará la normativa que corresponda. Fecha de emisión: 2022-04-27 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor SUMATEC-EQ S.A., con RUP No. 0992936304001, representado legalmente por el señor CARLOS RODOLFO ESTUPIÑAN ENRIQUEZ, con RUP No. 0917832826001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-04-20 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar a la proveedora GLADYS NARCIZA LEDESMA DAVILA, con RUP No. 0200933539001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTORA NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada.  Fecha de emisión: 2022-04-12 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor PAPAGAYODEV CIA.LTDA., con RUP No. 1091784595001, representado legalmente por el señor PABLO ESTEBAN ARCINIEGA VILLEGAS, con RUP No. 1003718135001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-03-29 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CHRISTIAN IVAN ZARATE IÑIGUEZ, con RUP No. 0102762531001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-03-24 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor THEMAC ANDINA S.A., con RUP No. 1791988450001, representado legalmente por el señor CRISTIAN EDGARDO SALAZAR SILVA, con cédula de ciudadanía No. 1757279920, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-03-21 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor DANILO DAVID SILVA ROJAS, con RUP No. 1713585451001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-03-21 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    " Artículo 1.- Sancionar al oferente BORJA PALADINES JUAN CARLOS, con RUP No. 0915274880001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-03-22 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor SOLUCIONES INTEGRALES DE SERVICIOS MASIVOS SOISEM S.A. SOISEMSA, con RUP No. 0992770236001, representado legalmente por la señora SANCHEZ CRISTOBAL ANA CRISTINA, con cédula de ciudadanía No. 0912783602, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.” Fecha de emisión: 2022-03-17 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor JAVIER FERNANDO ALCIVAR MENDOZA, con RUP No. 0910659002001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resolucionesemitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-03-17 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor SESI S.A., con RUC No. 0993339989001, representado legalmente por la señora GONZALEZ MOREIRA INES CECILIA, con cédula de ciudadanía No. 0915129753, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-03-17 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    “Artículo 1.- Sancionar al proveedor LUIS ELOY PAREDES MASAQUIZA, con RUP No. 1803816238001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-03-15 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor MAXIFRIO S.A., con RUP No. 0991415211001, y a su representante legal, el señor MÁXIMO ROBERTO MERELLO PINTO, con RUP No. 0908463193001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-03-15 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Informar al proveedor VOSCORP S.A., con RUP No. 0991376046001, representado legalmente por la señora ROCIO DEL CARMEN JARAMILLO ZAMBRANO, con cédula de ciudadanía No. 0701619769, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser  PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los documentos de respaldo presentados por lo cual, se ADVIERTE al oferente que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar correctamente en su formulario 1.11 los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2022-03-11 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al oferente AQUAKLEANER S.A., con RUP No. 0992638923001, representado legalmente por el señor CHRISTIAN STEVE MUENTES VERA, con cédula de ciudadanía No. 0916196595; que al haberse analizado los descargos recibidos, se ha demostrado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de parte del bien requerido por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2022-03-07 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al oferente CUSTODE PASQUEL FAUSTO FERNANDO, con RUP No. 1711735538001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.   Fecha de emisión: 2022-03-02 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor REPYCOM C. LTDA, con RUP No. 0190078825001, representado legalmente por el señor DURÁN FERNÁNDEZ DE CÓRDOVA PABLO JOAQUÍN, con cédula de ciudadanía No. 0103093316, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-03-02 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor VÍCTOR AMHERD PÉREZ ROBALINO, con RUP No. 0909529620001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-02-23 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    "Artículo 1.- Informar al oferente TELCOMBAS S.A., con RUP No. 0992581840001, representado legalmente por el señor BASCOMPTE LLERENA CHRISTIAN ARTURO, con cédula de ciudadanía No. 0910362003 que, al haberse analizado los descargos recibidos, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de parte de los servicios requeridos por la entidad contratante; y que además, sus valores declarados corresponden con los documentos de respaldo presentados." Fecha de emisión: 2022-02-22 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor FRANKLIN AMABLE SEGARRA GUEVARA, con RUP No. 0102501988001, que una vez revisados los descargos presentados, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de parte de los servicios requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de la documentación de respaldo presentada. Por esta razón, se ADVIERTE al oferente que, en futuros procedimientos de contratación en los que participe, debe declarar correctamente en su formulario 1.11 los valores que realmente correspondan. Fecha de emisión: 2022-02-16 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor LUBRIVAL S.A., con RUP No. 0991316868001, representado legalmente por el señor ANTONIO GABRIEL GÓMEZ SANTOS, con cédula de ciudadanía No. 0904241775, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-02-15 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor LUIS AMADEO GUAMÁN ÁLVAREZ, con RUP No. 0103375283001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-02-08 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    "Artículo 1.- Informar al oferente VOSCORP S.A., con RUP No. 0991376046001, representado legalmente por la señora JARAMILLO ZAMBRANO ROCIO DEL CARMEN, con RUP No. 0701619769001 que, al haberse analizado los descargos recibidos, se ha evidenciado su condición de PRODUCTOR NACIONAL de parte del bien requerido por la entidad contratante." Fecha de emisión: 2022-02-09 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor CATUCUAMBA LARA EDDY SAUL, con RUC No. 1727908517001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-02-08 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor COMPAÑIA DE SERVICIOS DE INSTRUMENTACION, CONTROL, ENERGIA Y CONSTRUCCION SEBCOMINCONECSA S.A., con RUP No. 0992830379001, representado legalmente por el señor EDGAR PATRICIO JORDAN SERRANO, con cédula de ciudadanía No. 1711096295, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2022-02-04 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor QUILLIGANA ESPINOZA ADRIAN EMILIO, con RUP No. 2100394671001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-02-04 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor HUGO EDUARDO NAVARRETE ALVARADO, con RUP No. 0103557849001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP 2016 0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-02-03 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor ÁNGEL EDUARDO MOREJÓN MORETA, con RUP No. 1721661591001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservarlo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-02-03 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CRISTIAN SANTIAGO SOSA JARRÍN, con RUP No. 1713477998001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-02-03 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora RINA ELIZABETH HUGO MONCAYO, con RUP No. 0602633984001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-02-03 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor EDGAR GERMAN POZO TORRES, con RUP No. 1001287125001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-01-28 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CARLOS ALBERTO MELENDRES MEDINA, con RUP No. 0602938441001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-01-26 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor VARTRAXHEALTH S.A., con RUC No. 1792026741001, representado legalmente al momento de participar en esta compra por la señora MARTHA ALEXANDRA SALAZAR BERMEO, con cédula de ciudadanía No. 1717055386, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2022-01-18 Vigente
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    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor ARTEAGA PINARGOTE AGUSTIN ALEJANDRO, con RUP No. 1719713537001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-01-17 Vigente
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    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor MAQUILÓN FALCONÍ FREDDY ANTONIO, con RUC No. 1205156068001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-01-17 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor WASHBRUM PONCE KEVIN BLADIMIR, con RUP No. 0850794728001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-01-17 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar a la proveedora JAPÓN ORTEGA JENIFFER PATRICIA, con RUP No. 1805087879001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2022-01-17 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor DANIEL ISRAEL VELARDE MIER, con RUP No. 2100411566001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-01-17 Vigente
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    "Artículo 1.- Sancionar a la oferente ENCALADA RHEA ROSA ELVIRA, con RUC No. 0104126180001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: "(… ) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.." Fecha de emisión: 2022-01-12 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora MYDOLLY RUSSELL PALOMEQUE CALLE con RUP No. 0705891521001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2022-08-31 Vigente
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