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Resoluciones Administrativas de VAE - 2021

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    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor ENGINE SOLUTIONS SOLUCIONES INTEGRALES DE INGENIERIA MECANICA INDUSTRIAL Y NAVAL SOLINAME S.A., con RUP No. 0992958618001, representado legalmente por el señor ROJAS BERMEO PETER JOHN, con cédula de ciudadanía No. 0922807847, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-12-29 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor HIDROAMBIENTAL CIA. LTDA., con RUC No. 1792340950001, representado legalmente por la señora ROSA FABIOLA ALBUJA YÁNEZ, con cédula de ciudadanía No. 1710517978, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-12-22 Vigente
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    "Artículo 1.- Informar a la proveedora PÉREZ LASCANO JIMENA MARIBEL, con RUP No. 1802053205001; que al haberse analizado los descargos recibidos, se ha demostrado su condición de PRODUCTORA NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; y que, los valores declarados concuerdan con los documentos de respaldo presentados." Fecha de emisión: 2021-12-22 Vigente
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    Artículo 1.- Informar a la proveedora LORENA ROCIO REINOSO MANAY, con RUC No. 0604078071001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada.  Fecha de emisión: 2021-12-21 Vigente
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    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor IMPROSERVICE CIA. LTDA., con RUP No. 0190344762001, representado legalmente por el señor PESÁNTEZ ARIAS CARLOS HUMBERTO, con cédula de ciudadanía No. 0101802478, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-12-22 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora GUAMÁN LEMA BLANCA REBECA, con RUP No.0301248746001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-12-21 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor ITEE CIA LTDA, con RUC No. 1792988748001, representado legalmente por el señor DALTON DAVID CELI SOTOMAYOR, con cédula de ciudadanía No. 1103747067, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016 Fecha de emisión: 2021-12-20 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor SURGE INGENIERÍA CÍA. LTDA., con RUC No. 1791839595001, representado legalmente por el señor JUAN PABLO BENEDICTIS VASQUEZ, con cédula de ciudadanía No. 1709821621, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-12-14 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor MOTOR PRO PRONTOMOVIMIENTO CIA. LTDA., con RUP No. 1792908167001, y a su representante legal, señor HINOJOSA JÁCOME DIEGO ESTALIN, con RUP No. 1722647680001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.” Fecha de emisión: 2021-12-14 Vigente
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    "Artículo 1.- Informar al proveedor SEMINARIO ESPARZA KRISTIAN LIZARDO, con RUC No. 1001557113001; que al haberse analizado los descargos recibidos, se ha demostrado su condición de PRODUCTOR de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que, los valores declarados en su formulario 1.11, concuerdan con los documentos de respaldo presentados." Fecha de emisión: 2021-12-09 Vigente
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    "Artículo 1.- Informar a la proveedora MARCILLO SUQUILLO IRENE ALEXANDRA, con RUC No. 1714420195001; que al haberse analizado los descargos recibidos, se ha demostrado su condición de PRODUCTORA de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante." Fecha de emisión: 2021-12-09 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CONSDISCONSI S.A., con RUC No. 1391789726001, representado legalmente por la señora MARTHA ALEXANDRA SALAZAR BERMEO, con cédula de ciudadanía No. 1350714398, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-12-08 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor COELLO ISA JUAN CARLOS, con RUC No. 1804080065001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-11-29 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor JOSE LUIS VIVANCO CUENCA, con RUC No. 0704054345001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-11-24 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor INSUASTI BENITEZ JEAN PAUL, con RUC No. 0604019430001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de  productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-11-24 Vigente
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    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor PADILLA LLAGCHA VICTOR HUGO, con RUC Nro. 1712074333001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, contenida en la Resolución Nro.-RE-SERCOP-2016-0000072 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-11-19 Vigente
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    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor FIBA MEDICAL CIA. LTDA., con RUC Nro. 1790026353001, representado legalmente por la señora ZAPATA TERÁN STEPHANY CAROLINA, con cédula de ciudadanía Nro. 1750335398, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, contenida en la Resolución Nro.- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-11-19 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora ANDREA GABRIELA PANTOSIN CONDOR, con RUC No. 1721079067001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-11-12 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar a la proveedora CARRILLO GUZMÁN MILENA JESSENIA, con RUC No. 1712162815001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-11-12 Vigente
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    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor COMSACEBE CIA. LTDA., con RUC No. 1792672163001, representado legalmente por el señor NAVAS VERA CESAR ALEJANDRO, con cédula de ciudadanía No. 0916551070, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-11-11 Vigente
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    " Artículo 1.- Informar al oferente COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE INSTRUMENTACIÓN, CONTROL, ENERGÍA Y CONSTRUCCIÓN SEBCOMINCONECSA S.A., con RUC No. 0992830379001, representado legalmente por el señor JORDAN SERRANO EDGAR PATRICIO, con cédula de ciudadanía No. 1711096295; que al haberse analizado los descargos recibidos, se ha demostrado su condición de PRODUCTOR de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante,y que, los valores declarados corresponden con la documentación de respaldo presentada.." Fecha de emisión: 2021-11-09 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor ZEDIMAX S.A., con RUC No. 0992391901001, representado legalmente por la señora NACIPUCHA MERO JENNY PATRICIA, con cédula de ciudadanía No. 0920328325, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. " Fecha de emisión: 2021-11-09 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor CONTRERAS CALI GREGORIO ELIECER, con RUC No. 1206414128001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. ." Fecha de emisión: 2021-11-09 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor FAUSTO OTHON ROMERO MONTENEGRO, con RUC No. 0601280696001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-10-28 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor MARVIL S.A., con RUC No. 0992243120001, representado legalmente por el señor VILLACÍS GUZMÁN BOLÍVAR ENRIQUE, con cédula de ciudadanía No. 0910021559, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de  productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-10-26 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor COMPROMISO DE CONSORCIO LUZ LED, con RUC No. 1306429679001, representado por su procurador común, señor AUXILIO EFRÉN MENDOZA PÁRRAGA, con cédula de ciudadanía No. 1306429679, y conformado por los prominentes consorciados: señor AUXILIO EFRÉN MENDOZA PÁRRAGA, con RUC No. 1306429679001 y la compañía ECUATORIANA DE MATRICERÍA ECUAMATRIZ CIA LTDA, con RUC No. 1890108241001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-10-26 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor CORPORACIÓN PARA LOS RECURSOS NATURALES CORENA S.A., con RUC No. 1790590380001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-10-19 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al oferente TOALOMBO TOALOMBO HUASCAR CRISTOBAL, con RUC No. 1804957916001; que al haberse analizado los descargos recibidos; ha demostrado su condición de Productor Nacional de parte de los bienes solicitados en esta compra, y que, los valores declarados corresponden con la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-10-15 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora MARIA JOSE ROMERO MONTESDEOCA, con RUC No. 0925652299001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-10-13 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora ANDREA MARGARITA ANALUISA RUBIO, con RUC No. 1720709169001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-10-11 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora NURY LILIANA PONCE GILER, con RUC No. 1310936057001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-10-07 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora MILDRED ALEXANDRA POZO CRIOLLO, con RUC No. 1720768942001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-10-07 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al oferente LÓPEZ MEJÍA MARIO GERMÁNICO, con RUC No. 1711931178001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016 ." Fecha de emisión: 2021-10-07 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor INSTALRED CIA.LTDA., con RUC No. 1792468841001, representado legalmente por la señora REINOZO CUESTA ALEXANDRA MARIBEL, con cédula de ciudadanía No. 1720607173, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de  productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2021-10-05 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor ATAGESA, TALLER GENERAL S.A., con RUC No. 0991324488001, representado legalmente por el señor VENEGAS QUIÑÓNEZ CARLOS ENRIQUE, con cédula de ciudadanía No. 0903543122, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-09-30 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor HERRERA CELA RODRIGO XAVIER, con RUC No. 1720016961001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de  productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-09-30 Vigente
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    "Artículo 1.- Sancionar a la oferente VINUEZA TRUJILLO JOHANA ELIZABETH, con RUC No. 0603118233001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-09-22 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor COMPROMISO DE CONSORCIO JARQUIBA, con RUC No. 0701189359001 representado por su procurador común, señor JOSÉ GONZALO APOLO APOLO, con cédula de ciudadanía No. 0701189359, y conformado por los prominentes consorciados: señor JOSÉ GONZALO APOLO APOLO, con RUC No. 0701189359001 y JARQUIFAR CIA. LTDA., con RUC No. 0190336298001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-09-03 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al oferente VERA SANTILLÁN LUIS FERNANDO, con RUC No. 0603203225001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”, así como inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Se interpone la presente sanción por delegación de la máxima autoridad del SERCOP, con la finalidad de salvaguardar la producción nacional y los principios consagrados en el artículo 4 de la Ley de la materia, así como garantizar la legalidad, transparencia, trato justo e igualdad.." Fecha de emisión: 2021-09-02 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor JOYTECH S.A., con RUC No. 1792959926001, representado legalmente por la señora MARIA BERTA BUSTAMANTE CALERO, con cédula de ciudadanía No. 1707916191, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. ." Fecha de emisión: 2021-09-02 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor VARTRAXHEALTH S.A., con RUC No. 1792026741001, representado legalmente por la señora MARTHA ALEXANDRA SALAZAR BERMEO, con cédula de ciudadanía No. 1717055386, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-09-02 Vigente
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    "Artículo 1.- Informar al oferente HIDALGO IMAICELA DARWIN ÁNGEL, con RUC No. 0703246025001; que al haberse analizado los descargos recibidos, se ha demostrado su condición de PRODUCTOR de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, sin embargo los valores declarados difieren de la documentación de respaldo presentada; razón por la cual se ADVIERTE al proveedor que para futuras declaraciones de Valor Agregado Ecuatoriano, deberá presentar los valores reales que correspondan en las preguntas a) y b) del formulario 1.11 de sus ofertas." Fecha de emisión: 2021-08-30 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor DANILO VIDAL CABEZAS GAVILANES, con RUC No. 1803795598001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-08-30 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CONSTRUCTORA AUSTRORIEGO CIA. LTDA., con RUC No. 1190084244001, representado legalmente por el señor NELSON JOSE MORA PALACIOS, con cédula de ciudadanía No. 1102544697, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-08-24 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor AGUAS DEL ECUADOR ADE CIA. LTDA, con RUC No. 0190413071001, representado legalmente por el señor CRESPO ALVARADO HERNÁN RODRIGO, con cédula de ciudadanía No. 0101482289,  por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de  productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016 Fecha de emisión: 2021-08-24 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor TEXTIQUIM CIA. LTDA., con RUC No. 1790824977001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-08-24 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora NUVIA IVANOVA ARMIJOS BELITAMA, con RUC No. 1709789679001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-08-17 Vigente
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    Artículo 1.- Informar a la oferente MUÑOZ PALLO DORIS ALEXANDRA, con RUC No. 1710004605001; que al haberse analizado los descargos recibidos; ha demostrado su condición de Productora Nacional y  que los valores corresponden con la documentación de respaldo presentada.  Fecha de emisión: 2021-08-17 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CALDERÓN DÍAZ CARLOS ANDRÉS, con RUC No. 0401623806001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de  productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-08-17 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor JULIO MARÍA PACURUCU, con RUC No. 0101008639001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-08-17 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor SKYCOMPANY S.A., con RUC No. 0992477628001, representado legalmente por el señor MIGUEL ANGEL ORDENES FABIO, con cédula de ciudadanía No. 1708885213, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016 Fecha de emisión: 2021-08-10 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor INGENIERIA BIOMEDICA Y SERVICIOS TECNICOS MEDICOS SOCIEDAD ANONIMA INGBIOTEC, con RUC No. 1792464889001, representado legalmente por la señora KAREN YANITZA GOMEZ AMBROSIO, con cédula de ciudadanía No. 1755130208, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-08-03 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor PHARMABRAND S.A., con RUC No. 1791362160001, representado legalmente por el señor PABLO LEONEL LEDESMA DEL POZO, con cédula de ciudadanía No. 1706461017, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-08-03 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar a la proveedora AYALA PULLAS MANUELA MARIA CREOLINDA, con RUC No. 1703927515001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-08-03 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor ICENGI INGENIERIA INSTRUMENTACION Y CONTROL CIA.LTDA., con RUC No. 0992881895001, representado legalmente por el señor WENDY VANESSA ABAD RODRIGUEZ, con cédula de ciudadanía No. 0918589466, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-07-08 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CIA. IMPORTADORA REGALADO S.A. COMIRSA, con RUC No. 0992231467001, representado legalmente por la señora AGUSTINA CELESTE LANDAZURI SAMPEDRO, con cédula de ciudadanía No. 0910610328, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-07-05 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora GONZÁLEZ FLORES DORIS GEMILETH, con RUC No. 1400234561001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-06-30 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora EULALIA DEL PILAR CISNEROS HERRERA, con RUC No. 0501965347001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-07-01 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor PROOFCHEMICAL S.A., con RUC No. 1792112435001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-06-30 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora BRITO MOLINA ROSA MERCEDES, con RUC No. 0705787299001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la LeyOrgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentro deun procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservarlo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resolucionesemitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No-RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-06-29 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor ROMERO REVEL HUGO MARIO, con RUC No. 0908178338001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de  productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-06-23 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora VERÓNICA LUCÍA GONZÁLEZ SARANGO, con RUC No. 1104618010001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-06-23 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor JORGE LUIS ALVAREZ POSLIGUA, con RUC No. 0928810555001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-06-21 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor JOSE DAVID AYALA AYALA, con RUC No. 1713258976001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-06-17 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor GLOBAL TRADING ELECTRIC GLOBALELECTRIC S.A., con RUC No. 1791399846001, representado legalmente por el señor NICOLAS WLADIMIR SAA MENA, con cédula de ciudadanía No. 0101608131, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-06-14 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor JUAN PABLO VALLEJO VARGAS, con RUC No. 1720224508001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-05-28 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor LUIS ANDRES GONZALEZ QUINTEROS, con RUC No. 0302289939001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-05-20 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora ASIMBAYA NASIMBA JOHANNA TATIANA, con RUC No.1712677218001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(¼) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II dela Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-05-20 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor DISTRIBUIDORA INYECTABLES ECUADOR ECUAINYECTABLES CIA. LTDA., con RUC No. 0992948906001, representado legalmente por el señor TITO LENIN QUINTERO MENDOZA, con cédula de ciudadanía No. 0923796197, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-05-18 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora CECILIA TERESITA CASTILLO VERA, con RUC No. 0908232374001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-05-18 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor PROAÑO DE LA VEGA ALEX MAXIMILIANO, con RUC No. 0501211445001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016 Fecha de emisión: 2021-05-18 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor ACERO COMERCIAL ECUATORIANO S.A., con RUC No. 1790008959001, representado legalmente por el señor JUAN ESTEBAN BLUHM CARLSOHN, con cédula de ciudadanía No. 1704329976, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-05-17 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor COMERCIALIZADORA GONAVSA EXPORT GONAVSAEXP S.A., con RUC No. 0993044873001, representado legalmente por la señora DAYSI JANETH ÁVALOS BUSTOS, con cédula de ciudadanía No. 0921555181, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-05-17 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor ENERGIA Y PETROLEOS ENERPETROL S.A., con RUC No. 1791316584001, representado legalmente por el señor MARCELO ALBERTO LÓPEZ MOLINA, con cédula de ciudadanía No. 1706584941, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-04-26 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor MANUEL DE JESUS CHAMBA, con RUC No. 1101425765001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-04-26 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor TELCONET S.A., con RUC No. 0991327371001, representado legalmente por el señor IGOR KROCHIN LAPENTTY, con cédula de ciudadanía No. 1703837862, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-04-20 Vigente
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    "Artículo 1.- Sancionar al proveedor MALFIR S.A. MALFIRSA, con RUC No. 0991305238001, representado legalmente por el señor RUNRUIL CHANG MARCOS RUBÉN, con cédula de ciudadanía No. 0908098577, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016." Fecha de emisión: 2021-04-20 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor FRANORIA S.A, con RUC No. 0993049522001, representado legalmente por el señor QUIMIS BAQUE PEDRO ANDRÉS, con cédula de ciudadanía No. 0917695645, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-04-13 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar al proveedor CYBERBOX CIA. LTDA., con RUC No. 1791971701001, representado legalmente por el señor JUAN FRANCISCO CAIZA CERÓN, con cédula de ciudadanía No. 1709396426, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. " Fecha de emisión: 2021-04-12 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor AVMAIN S.A. AVIATION MANAGEMENT INTERNATIONAL, con RUC No. 0992343761001, representado legalmente por el señor JOSÉ GUSTAVO MENOSCAL TUÁREZ, con cédula de ciudadanía No. 0912967643, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-04-07 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CONEXIÓN TOTAL S.A. COTOT, con RUC No. 0992465891001, representado legalmente por el señor VACAS CAMPANA GUILLERMO ENRIQUE, con cédula de ciudadanía No. 1708018328, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de laLey Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentrode un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como,inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización deResoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No-RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-04-07 Vigente
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    Artículo 1.- Informar a la proveedora BEJARANO GONZÁLEZ LUZ NEYER con RUC No. 0911308476001 que, al haberse analizado los descargos recibidos, ha demostrado su condición de Productora Nacional de los bienes solicitados y que, los valores declarados corresponden con la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-04-06 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor INELCOSAN S.A., con RUC No. 1391825943001, representado legalmente por el señor ARIEL HUMBERTO ESPINOZA MERA, con cédula de ciudadanía No. 1312402777, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-04-06 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor ADMINCOMUNI C.A., con RUC No. 0993082937001, representado legalmente por el señor ERNESTO GABRIEL CHÁVEZ MIELES, con cédula de ciudadanía No. 0911019537, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No-RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-30 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CEDEÑO MENDOZA WILFRIDO EDILBERTO, con RUC No. 0802090548001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No-RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-30 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor KINELETEC S.A., con RUC No. 0992787740001, representado legalmente por el señor WILMER FABIAN QUINTERO PLAZA, con cédula de ciudadanía No. 1206173617, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-30 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor INDUSTRIAS DE SEÑALIZACION Y SEGURIDAD VIAL INSEGVIAL S.A., con RUC No. 1792403375001, representado legalmente por el señor FRANCISCO JAVIER DEL NIÑO JESUS CORREA VELASQUEZ, con cédula de ciudadanía No. 1756500169, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-25 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor SOLTEGIN SOLUCIONES TECNOLOGICAS S.A., con RUC No. 1791968859001, representado legalmente por el señor DAVID ALEJANDRO VACAS CAMPAÑA, con cédula de ciudadanía No. 1709898629, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-25 Vigente
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    " Artículo 1.- Sancionar a la proveedora MICHILENA VINUEZA SANDRA PATRICIA, con RUC No. 1720695004001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. " Fecha de emisión: 2021-03-22 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor ANGEL JOSE TORRES ROSALES, con RUC No. 1102645593001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-22 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor KRONOS LABORATORIOS C. LTDA., con RUC No. 0990347654001, representado legalmente por el señor STEFANO ALBERTO CARLÓ UNDA, con cédula de ciudadanía No. 0917823643, que una vez revisados los justificativos presentados, se evidencia que se trata de un PRODUCTOR NACIONAL del bien requerido en el presente procedimiento de contratación y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-03-19 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor COMERCIALIZADORA CASA MÉDICA BUNCES MEDICABUNCES S.A., con RUC No. 0993033022001, representado legalmente por la señora MARÍA MONSERRATE MARÍN CAMPOS, con cédula de ciudadanía No. 1308177383, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-15 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor PEÑAHERRERA MORALES MARCO VINICIO, con RUC No. 1104876410001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-15 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor LABORATORIOS ROCNARF S.A., con RUC No. 0990333319001, representado legalmente por el señor FRANCISCO XAVIER CORDERO CEDEÑO, con cédula de ciudadanía No. 0910293992 que, una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTOR NACIONAL de los bienes requeridos por la entidad contratante y que los valores declarados corresponden con la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-03-12 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor MALDONADO BARBA CARLOS RAFAEL, con RUC No. 0103784245001,  por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de  productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2021-03-10 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor ENGINE SOLUTIONS SOLUCIONES INTEGRALES DE INGENIERÍA MECÁNICA INDUSTRIAL Y NAVAL SOLINAME S.A., con RUC No. 0992958618001, representado legalmente por el señor PETER JOHN ROJAS BERMEO, con cédula de ciudadanía No. 0922807847, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución NoRE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-08 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor ROMEL ALEXANDER TELLO FONSECA, con RUC No. 0502964117001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-03-08 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor RADICAL ALTERNATIVAS DE AVANZADAALTRADICALAVAN CIA. LTDA., con RUC No. 1791737849001, representado legalmente por la señora DORIS DEL CARMEN GONZÁLEZ PALLO, con cédula de ciudadanía No. 1712765674; que al haberse analizado los descargos recibidos; ha demostrado su condición de Productor Nacional y que los valores corresponden con la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-03-03 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor VIHALMOTOS IMPORTACIONES S.A., con RUC No. 1891709346001, representado legalmente por el señor VICTOR HUGO ALVARADO LASCANO, con cédula de ciudadanía No. 1801770445, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-03-03 Vigente
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    "Artículo 1.- Informar al proveedor MV IMPORTACIONES MV-IMP CIA. LTDA., con RUC No. 0190478157001, representado legalmente por el señor CARLOS JUAQUÍN MALO GONZÁLEZ, con cédula de ciudadanía No. 0101802635, que, una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. " Fecha de emisión: 2021-02-26 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor GUAYGUA GUAIGUA CARLOS ANDRÉS, con RUC No. 1721793204001,  por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de  productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016.  Fecha de emisión: 2021-02-26 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    " Artículo 1.- Informar al proveedor INDUSTRIAS DE SEÑALIZACIÓN Y SEGURIDAD VIAL INSEGVIAL S.A., con RUC No. 1792403375001, representado legalmente por el señor CORREA VELÁSQUEZ FRANCISCO JAVIER DEL NIÑO JESÚS, con cédula de ciudadanía No. 1756500169, que, una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. " Fecha de emisión: 2021-02-26 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor LUIS ALBERTO TACURI FAJARDO, con RUC No. 0104785167001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-02-26 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar a la proveedora STEFANY JEMINA ALVAREZ ZAMBRANO, con RUC No. 1314004795001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-02-24 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor SOLUCIONES TÉCNICAS CLES CLESERTEC S.A., con RUC No. 0993262714001, representado legalmente por la señora INGRID ELIZABETH MESTANZA JIMÉNEZ, con cédula de ciudadanía No. 0923507180, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-02-24 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor CALDEROS Y AFINES S.A. CALDEFIN, con RUC No. 0991384995001, representado legalmente por el señor CRISTIAN RUMUALDO CEDEÑO LUQUE, con cédula de ciudadanía No. 0913439113, que, una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Fecha de emisión: 2021-02-05 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Informar al proveedor TONNY JAVIER GILCES ZAMBRANO, con RUC No. 0931744528001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-10-21 Vigente
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  • Contenido Fechas Estado Información Documentos
    Artículo 1.- Sancionar al proveedor TRITECSA SOLUCIONES TECNOLOGICAS INTEGRALES S.A, con RUC No. 1792507766001, representado legalmente por el Sr. EDUARDO XAVIER CHARVET RAMADÁN, con cédula de ciudadanía No. 1706546288, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-01-18 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor VALVERDE VALLE ALEJANDRO RAFAEL, con RUC No. 0940889348001, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-01-15 Vigente
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    Artículo 1.- Informar a la proveedora MARIA FERNANDA MIRANDA OLMEDO, con RUC No. 1713423992001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser un PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante, y que los valores declarados corresponden a la documentación de respaldo presentada. Fecha de emisión: 2021-01-15 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor PAREDES LUNA RIVALDO EBAIR, con RUC No. 21006870090011, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-01-14 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor QUIROGA AILLÓN FRANCISCO SANTIAGO, con RUC No. 1802784023001, que una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante. Se advierte al proveedor que para futuras declaraciones de Valor Agregado Ecuatoriano, deberá presentar los valores reales que correspondan en las preguntas a) y b) del formulario 1.11 de sus ofertas. Fecha de emisión: 2021-01-14 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor PULLA HERMANOS CIA LTDA, con RUC No. 0790093682001, representado legalmente por el señor PULLA PRÓCEL ÁNGEL BENIGNO, con cédula de ciudadanía No. 0701711236, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(...) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productornacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-01-14 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor MICROINFORMATICA MICROCOMP CIA. LTDA., con RUC No. 1790547337001, representado legalmente por el señor ANDRES RICARDO MOYANO ESPINEL, con cédula de ciudadanía No. 1720972429, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-01-14 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor SANTA BÁRBARA EP, con RUC No. 17681648100011, representado legalmente por el señor LUIS ALBERTO CARRILLO TOSCANO, con cédula de ciudadanía No. 1706747860, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-01-06 Vigente
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    Artículo 1.- Informar al proveedor VIASSEN C.A., con RUC No. 1792852315001, representado legalmente por el Sr. MOISÉS ALCIBIADES GUZMÁN PALACIOS, con cédula de ciudadanía No. 1707337943, que, una vez revisados los descargos presentados, ha demostrado ser PRODUCTOR NACIONAL de parte de los bienes requeridos por la entidad contratante; sin embargo, los valores declarados difieren de los respaldos presentados; razón por la cual se ADVIERTE al proveedor que, para futuras declaraciones de Valor Agregado Ecuatoriano, deberá presentar los valores reales que correspondan en las preguntas a) y b) del formulario 1.11 de sus ofertas. Fecha de emisión: 2021-01-05 Vigente
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    Artículo 1.- Sancionar al proveedor CONSTRUCTORA CONTEIN S.A., con RUC No. 0992919345001, representado legalmente por el señor DAVID ANTONIO GOMEZCOELLO RIERA, con cédula de ciudadanía No. 0913437976, por haber incurrido en la infracción tipificada en el literal c) del artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “(…) realizar una declaración errada dentro de un procedimiento de contratación, inclusive respecto de su calidad de productor nacional”; así como, inobservar lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Título II de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, contenida en la Resolución No- RE-SERCOP-2016-0000072, de fecha 31 de agosto de 2016. Fecha de emisión: 2021-01-04 Vigente
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