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Para utilizar las herramientas del Sistema Nacional de Contratación Pública, es indispensable que las instituciones del Estado (Compradores) realicen su registro. Durante el registro cada entidad es responsable de crear el usuario y contraseña de la persona que realizará la función de administrador del Portal, quien será designado por la máxima autoridad, siendo estos responsables por el uso de las herramientas y contraseñas. Los Compradores podrán realizar un solo registro, el cual será determinado por el número de su Registro Único de Contribuyentes-RUC. En caso que existan establecimientos desconcentrados administrativa y financieramente, tales como: sucursales, regionales, agencias, unidades de negocios territorialmente delimitadas, entre otras, podrá inscribir a cada uno de dichos establecimientos como unidad de contratación individual, para lo que será condición indispensable que éstos posean un RUC independiente.